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Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

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Segunda instanciaProceso 2008-00025Procuraduría ese día a las sesiones <strong>de</strong> prospección <strong>de</strong> terrenos, tanto enla mañana como en la tar<strong>de</strong>. Tal situación no sería muestra <strong>de</strong> nadadiferente al cumplimiento <strong>de</strong> sus funciones, si no fuera porque era laprimera y única vez que asistió durante esos meses el representante <strong>de</strong>lministerio público a esas activida<strong>de</strong>s y también fue una <strong>de</strong> las escasasveces que asistió la fiscal instructora.Pero, alguien más que ellos conocía <strong>de</strong> su presencia: los miembros <strong>de</strong>lCTI. Así lo dice uno <strong>de</strong> los compañeros <strong>de</strong>l señor Villamizar en laaca<strong>de</strong>mia “Lombroso”, en don<strong>de</strong> juntos dictaron clases, el antropólogoDiego Casallas, quien a la vez era el coordinador <strong>de</strong> la comisión <strong>de</strong>prospecciones en la Escuela <strong>de</strong> Caballería: “…Usted recuerda, ¿por quéel señor Villamizar, según sus respuestas ya dadas en esta audiencia, sepresentó ese día cuando estaban realizando las prospecciones?CONTESTÓ: Si señora Juez. Él fue contactado por los investigadores queestaban llevando el caso en mención…” 821Conforme a lo expuesto, más allá <strong>de</strong> una simple coinci<strong>de</strong>ncia, la fiscal, elagente <strong>de</strong>l ministerio público y el cuerpo <strong>de</strong> policía judicial que apoyabala investigación conocían que esa persona iba a ir ese día para señalarlos sitios en don<strong>de</strong> estaban las fosas, no otra pue<strong>de</strong> ser la conclusión ala que se pue<strong>de</strong> llegar.De acuerdo con lo anterior, se <strong>de</strong>duce igualmente que el <strong>de</strong>clarante<strong>de</strong>bió haber ingresado protegido y en vehículos oficiales por cuenta <strong>de</strong>lpersonal <strong>de</strong> la comisión que tuvieran libre entrada, porque no <strong>de</strong> otraforma podría haber hecho su ingreso a una <strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia oficial como loes una unidad militar.2.1.2.3.4.1.3.- Como se evi<strong>de</strong>ncia, es absolutamente claro que alguienmás que él sabía que iba a hacer presencia esa tar<strong>de</strong> en la Escuela <strong>de</strong>Caballería, y aun así no hubo <strong>de</strong>creto <strong>de</strong> la prueba y, por en<strong>de</strong>, no fueposible interrogar al testigo por las partes.821 Record 58:18 CD 11. Parte 5 <strong>de</strong> audiencia pública <strong>de</strong>l 3 <strong>de</strong> agosto <strong>de</strong> 2009. Transcripción fls. 192 TomoII.707

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