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Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

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Segunda instanciaProceso 2008-00025ponente (7.1.4.2/ 7.1.4.3/ 7.1.4.4/ 7.1.4.5/ 7.1.4.6/ 7.1.4.7/7.1.4.8/7.1.4.9 y 7.1.4.10) y en el salvamento <strong>de</strong> voto la situación <strong>de</strong>ladministrador, señor Rodríguez Vera (2.1).1.2.5.1.- Amenazas e intimidaciones sufridas por personas relacionadascon este proceso. Des<strong>de</strong> el principio constitucional <strong>de</strong> la buena fe talclase <strong>de</strong> situaciones han <strong>de</strong> ser tenidas como ciertas 753 , sin embargo,ésas y todas las <strong>de</strong>más afirmaciones <strong>de</strong> cualquier testigo <strong>de</strong>ben servaloradas <strong>de</strong> acuerdo con las normas procesales. No hay salveda<strong>de</strong>slegales para que se <strong>de</strong>je <strong>de</strong> hacer lo propio con cada testigo y lo queafirme, así sean situaciones absurdas, como la violación <strong>de</strong> los DerechosHumanos.En parte alguna <strong>de</strong>l or<strong>de</strong>namiento legal hay una regla que imponga aladministrador <strong>de</strong> justicia una cortapisa para no hacer la respectivavaloración probatoria frente a esta clase <strong>de</strong> contenidos, lo que nocomporta nada diferente a analizarlas y evaluarlas o pon<strong>de</strong>rarlas, juntocon sus fuentes; en otras palabras, en el ámbito probatorio no hayobjeto, sujeto o circunstancia que pueda o <strong>de</strong>ba tener un tratamientodiferenciado frente a otros.Una primera conclusión <strong>de</strong> lo visto en las diferentes <strong>de</strong>cisiones tomadas<strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l proceso, es que tales afirmaciones nunca fueron sopesadascomo <strong>de</strong>bían haberlo sido; la razón se <strong>de</strong>sconoce, pero, lo claro es queen forma alguna podía <strong>de</strong>jarse <strong>de</strong> hacer lo propio sobre esa clase <strong>de</strong>sucesos. Tan importante es ello que, es gracias a esa clase <strong>de</strong>afirmaciones que se validan contenidos contradictorios en diversostestimonios. Por ejemplo, las amenazas que dice haber sufrido el testigoCésar Sánchez Cuestas, quien afirma que por esa clase <strong>de</strong> situaciones<strong>de</strong>jó <strong>de</strong> <strong>de</strong>cir, por ejemplo, que había visto salir a Carlos Rodríguez uno<strong>de</strong> esos días –no precisa cuál- o cambiar otras, como el apellido <strong>de</strong>lmilitar que lo atendió en el Cantón Norte, <strong>de</strong> SANCHEZ a PLAZAS,inclusive que se contradiga en forma tan grave, como que diga lo753 Inclusive el tema <strong>de</strong> actos violatorios <strong>de</strong> los Derechos Humanos como las torturas, sitios en don<strong>de</strong> serealizaron y autores. Sobre el tema en este salvamento <strong>de</strong> voto se estudian las afirmaciones sobre el tema<strong>de</strong> los señores Petro, Rubiano Gálvis, Orlando Quijano.622

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