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Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

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Segunda instanciaProceso 2008-00025Igualmente, como se dijo al examinar cada una <strong>de</strong> las pruebas, <strong>de</strong> ellasse concluye que efectivamente CARLOS AUGUSTO salió con vida <strong>de</strong>l Palacio<strong>de</strong> Justicia el 7 <strong>de</strong> noviembre <strong>de</strong> 1985, y no existe evi<strong>de</strong>ncia alguna enel proceso que <strong>de</strong>svirtúe o siquiera controvierta el aserto que se <strong>de</strong>riva<strong>de</strong> los referidos medios <strong>de</strong> convicción.Así mismo, en su conjunto las pruebas coinci<strong>de</strong>n y explicansatisfactoriamente la <strong>de</strong>saparición <strong>de</strong> CARLOS AUGUSTO, quien luego <strong>de</strong>ser aprehendido por agentes estatales estos negaron su captura oingreso a centros militares habilitados como lugares <strong>de</strong> <strong>de</strong>tención.Las pruebas antes revisadas dan claridad suficiente sobre lo ocurrido yson fundamento <strong>de</strong> la salida con vida <strong>de</strong> esta persona, quien fuereducida hasta el presente a una <strong>de</strong>saparición forzada, esto es, que enforma <strong>de</strong>liberada fue sometida a pa<strong>de</strong>cer el punible señalado,compartiendo circunstancias <strong>de</strong> aprehensión ilegal, negación <strong>de</strong> suretención, ocultamiento <strong>de</strong> su persona y sustracción <strong>de</strong> la protecciónestatal, como también ocurrió con la guerrillera Irma Franco Pineda.La prueba <strong>de</strong> <strong>de</strong>scargo en la que se insinúa que CARLOS AUGUSTO murióincinerado en el edificio judicial, o que se fue para el monte con laguerrilla, no representa más que el afán <strong>de</strong>sesperado <strong>de</strong> una estrategiapreconcebida para mantener los hechos en la impunidad (como hastaahora ha ocurrido), que se <strong>de</strong>rrumba totalmente frente a la fortaleza <strong>de</strong>las probanzas que <strong>de</strong>muestran su salida con vida <strong>de</strong>l Palacio <strong>de</strong> Justicia.7.1.5.- NULIDAD.Teniendo en cuenta lo expuesto en el acápite correspondiente al estudio<strong>de</strong> los 94 cadáveres <strong>de</strong>l Palacio <strong>de</strong> Justicia (inspección, necropsias,reconocimientos, entregas e inhumación en fosa común), surge que noestá <strong>de</strong>mostrado que sean 11 las personas que salieron con vida <strong>de</strong>lcomplejo judicial y que posteriormente fueron <strong>de</strong>saparecidasforzadamente, sino que dichas pruebas se tienen únicamente frente a434

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