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Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

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Segunda instanciaProceso 2008-00025en la que queda claro que el entonces Comandante <strong>de</strong> la Escuela <strong>de</strong>Caballería, Teniente Coronel Plazas Vega, no podía haber estadopresente en el episodio narrado por esa persona y que aparece relatadoen un libro publicado sobre su vida, para la época que era Senador <strong>de</strong> laRepública 1102 .En relación con el señor Navarro Wolf, está planamente <strong>de</strong>terminadoque para la época en que narra los sucesos <strong>de</strong> tortura <strong>de</strong> los que fuevíctima, año 1980, el procesado no se encontraba al frente <strong>de</strong> esaunidad militar.Y, en relación con las otras dos personas quienes fueron procesadaspenalmente, las actuaciones ilegales <strong>de</strong> miembros <strong>de</strong>l Ejército Nacionala las que refieren sucedieron en la misma Escuela para la época <strong>de</strong> loshechos, más, no se conoce exactamente el sitio en don<strong>de</strong> acontecierontales hechos y las circunstancias en que se <strong>de</strong>sarrollaron, lo que <strong>de</strong>ja eltema en la misma situación que lo narrado por los señores Jorge Francoy Rubiano Galvis, esto es, en la in<strong>de</strong>terminación.Ello porque la frase “torturas y Escuela <strong>de</strong> Caballería” tiene la mismaconnotación en este proceso que “<strong>de</strong>saparecidos forzados y Escuela <strong>de</strong>Caballería”, lo que condujo a otra premisa: “once <strong>de</strong>saparecidosforzados, responsable el Comandante <strong>de</strong> la Escuela <strong>de</strong> Caballería”. Poreso, la generalización <strong>de</strong> hechos y consecuencias que se utiliza en lasentencia, como mecanismo <strong>de</strong> interpretación probatoria y <strong>de</strong>hermenéutica, no podía avalarse por esta instancia.Se insiste por el suscrito magistrado sustanciador que, aunque esa clase<strong>de</strong> hechos repugnan la condición humana por la vulneración <strong>de</strong> los másbásicos <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> la persona, no por ello se pue<strong>de</strong> <strong>de</strong>jar <strong>de</strong> hacer lacorrespondiente valoración probatoria <strong>de</strong> tales episodios, tal y como1102 Cd aportado por la <strong>de</strong>fensa <strong>de</strong>l CO (r) PLAZAS VEGA. Entrevista Caracol/La W.912

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