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Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

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Segunda instanciaProceso 2008-00025son para este <strong>de</strong>clarante el mecanismo idóneo para hacer ver algo queno sucedió.Aunado a la falta <strong>de</strong> coherencia interna en su dicho, y más allá <strong>de</strong> suinconformidad con el Ejército Nacional al no in<strong>de</strong>mnizarlo como heridoen combate, lo que se observa es que la variación en su dicho respon<strong>de</strong>claramente a un fin procesal muy puntual: hacer ver salidos con vida ados miembros <strong>de</strong> la cafetería, sobre todo a su administrador y, a<strong>de</strong>más,siendo tratados en forma “especial”, lo que guarda relación muyestrecha con el casete transliterado –falso integralmente-, el dicho <strong>de</strong>Gámez Mazuera -igualmente mendaz- y otros testigos falsos, <strong>de</strong> los quemás a<strong>de</strong>lante se hablará.Debe hacerse referencia, finalmente, a la probabilidad <strong>de</strong> rehabilitarseeste testimonio arrojándole algún salvavidas procesal a esta hipótesis,porque este <strong>de</strong>ponente podría tener alguna razón <strong>de</strong> verdad en relacióncon el tema general <strong>de</strong> los hoy <strong>de</strong>saparecidos (visto el grupo y noindividualmente alguno <strong>de</strong> ellos), porque sí hizo parte <strong>de</strong> las unida<strong>de</strong>smilitares que recuperaron el edificio, ingresó a esas instalaciones, fueherido y evacuado hacia el Hospital Militar. Tal probabilidad carece <strong>de</strong>asi<strong>de</strong>ro jurídico-probatorio alguno, pues, las imprecisiones ycontradicciones en las que incurre, aunado a la información falsa quesuministra, impi<strong>de</strong>n que sea tenido en cuenta para cualquier estudio enconjunto.2.1.2.3.4.- DECLARACIÓN DEL SEÑOR EDGAR VILLAMIZAR O EDGARVILLARREAL.Uno <strong>de</strong> los testigos más importantes <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> este proceso, el señorEdgar Villarreal o Villamizar, según se lea la <strong>de</strong>claración rendida ante laFiscalía o los documentos que soportan la existencia <strong>de</strong> un militar <strong>de</strong>nombre Edgar Villamizar Espinel, como orgánico <strong>de</strong>l Batallón <strong>de</strong>Infantería 21 Vargas <strong>de</strong> Granada, Meta, y que para la época <strong>de</strong> loshechos aquí investigados estaba agregado al Comando <strong>de</strong> la SéptimaBrigada, también resulta falaz, no solamente en su presencia en Bogotá705

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