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Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

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Segunda instanciaProceso 2008-00025Reitera que el Dr. Carlos Ariel Serrano le aseguró que vio subir alsegundo piso <strong>de</strong> la Casa <strong>de</strong>l Florero a una persona que, por suscaracterísticas, era su hijo, pero que él no lo conocía personalmente.Igualmente, afirma, este testigo vio subir a una mujer herida que élcree que es Luz Mary Portela León, por la vestimenta.En esta oportunidad, señala la existencia <strong>de</strong> otra llamada <strong>de</strong> unapersona que dijo ser empleado <strong>de</strong>l Comando <strong>de</strong>l Ejército, quien hablócon la madre <strong>de</strong> Carlos, diciéndole que a él lo iban a poner en libertad,pero que estaba muy maltratado y que fueron a recogerlo en el CantónNorte.Hace nuevamente relación al casete, reseñando que fue recuperado porla Procuraduría, pero, ignorando hasta ese momento su contenido.Finalmente, pi<strong>de</strong> que se escuche a los altos dignatarios <strong>de</strong>l Estado, comoel Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la República, al Comandante General <strong>de</strong> las FuerzasArmadas, ofreciendo su concurso para esclarecer los hechos, sinimportar que mañana sufra la misma suerte <strong>de</strong> su hijo.2.1.2.1.1.3.- Posteriormente, en <strong>de</strong>claración rendida el 25 <strong>de</strong> febrero <strong>de</strong>1986 774 , manifiesta haber agotado todos los recursos a su alcance paraencontrar a su hijo vivo o muerto, refiriéndose a algunos comentariossegún los cuales una funcionaria habría visto el cadáver <strong>de</strong> su hijo en elprimer piso <strong>de</strong> la edificación, sin embargo, indicó, esa funcionaria negóhaber hecho tal aseveración, e igual sucedió con una supuestaafirmación que, en similar sentido, habría hecho el Consejero <strong>de</strong> EstadoReynaldo Arciniegas, pero éste igualmente lo negó. Observándose queen dicha <strong>de</strong>claración el señor Rodríguez Hernán<strong>de</strong>z no aporta mayorinformación, simplemente se limita a indicar lo que otras personas lehan dicho, pero nada ha sido por percepción directa.2.1.2.1.1.4.- El 28 <strong>de</strong> octubre <strong>de</strong> 1986 rin<strong>de</strong> otra <strong>de</strong>claración en laProcuraduría ante las Fuerzas Militares, y allí critica las conclusiones <strong>de</strong>l774Fl. 86 y ss. c. anexos 6.654

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