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Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

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Segunda instanciaProceso 2008-00025<strong>de</strong> personal en vehículos <strong>de</strong>l Ejército, por los alre<strong>de</strong>dores <strong>de</strong>l lugardon<strong>de</strong> yo residía en ese momento. El señor Plazas me recibió…”.En este punto, tal y como se ha referido con otras personas que dicensaber <strong>de</strong> la suerte <strong>de</strong> los <strong>de</strong>saparecidos <strong>de</strong> la cafetería y visitantes, sepone en juego su credibilidad sobre la base <strong>de</strong> las amenazas eintimidaciones que dicen haber recibido para callar el conocimiento <strong>de</strong><strong>de</strong>terminado asunto o que <strong>de</strong>jaran <strong>de</strong> hacer algo. En este intento lasentencia cita el testimonio <strong>de</strong>l señor Sánchez Cuestas en formainsistente, como en las páginas 109, 110, 111, 112, 113, 114, 117 y loretoma una vez hace el estudio <strong>de</strong> los once <strong>de</strong>saparecidos en los folios219, 242, 243 y 283. En todos estos apartes se hace alusión a loúltimamente vertido, y no se hace ningún análisis <strong>de</strong> sus dichos <strong>de</strong>1986. ¿Por qué suce<strong>de</strong> ello? Tanto para la fiscalía como para el juzgado,todo el material probatorio que no les sirve para construir su versión <strong>de</strong>los hechos, simplemente es <strong>de</strong>sechado. No les merece el más mínimoestudio en su completud, como están obligados a hacerlo. Solamentetoman lo que les sirve para sus hipótesis.Lo evi<strong>de</strong>nte es que en este proceso, no solamente con este testimonio,sino con los <strong>de</strong> varios <strong>de</strong>clarantes, incluidos familiares <strong>de</strong> los hoy<strong>de</strong>saparecidos se cercenó la prueba, pues, como se sigue insistiendo, elcobijo que se le da a los cambios <strong>de</strong> versión con las amenazas eintimidaciones es lo que le permite al juzgado, y en su momento a lafiscalía, <strong>de</strong>s<strong>de</strong>ñar, apartar, separar o <strong>de</strong>sconocer en su totalidad lasversiones <strong>de</strong> los testigos.Fácil resulta así una valoración probatoria: tomo lo que me sirve y lo<strong>de</strong>más lo tapo con las amenazas e intimidaciones y, ¡listo! No haynecesidad <strong>de</strong> enfrentar las contradicciones <strong>de</strong> los testigos, sus vacíos, lafalta <strong>de</strong> coherencia interna, lo falaz que resultan sus afirmaciones a laluz <strong>de</strong>l restante material probatorio válidamente recaudado. Y, para queno hayan dudas se reúne a todos los amenazados e intimidados y conellos se fortalece en mejor forma la postura que se requiere triunfe.752

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