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Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

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Segunda instanciaProceso 2008-00025la verda<strong>de</strong>ra i<strong>de</strong>ntidad, entonces los remitieron a la Policía para que allá,tenían sus registros apropiados, pudieran <strong>de</strong>finir si las i<strong>de</strong>ntida<strong>de</strong>s era<strong>de</strong> ellos. Fui informado que se da cumplido a este trámite yposteriormente la estación <strong>de</strong> Policía, a la cual los habían remitido, lospuso en libertad…”.Sobre el momento en que fue informado <strong>de</strong>l trámite seguido a estaspersonas indica: “(34:26)… El día 7 al termino <strong>de</strong> la operación yposteriormente cuando se hizo el informe que había que rendir alComando <strong>de</strong>l Ejército, que el señor CO. SÁNCHEZ presentó undocumento en el cual su ayudante, por responsabilidad, los habíaremitido y habían sido recibidos… (35.40)… El Jefe <strong>de</strong>l Estado Mayor, elseñor CO. SADOVNIK, me informó que efectivamente habían llegadoestas personas, que ni siquiera habían ingresado a la Brigada, sino quehabían estado en la parte exterior, que habían permanecido allí untiempo durante el cual les habían permitido ir a una tienda vecina acomprar algunos elementos, algunos comestibles, y mientras elayudante <strong>de</strong>l B2, la persona que estaba en la oficina, tenía la facilidad<strong>de</strong> hacer alguna comunicación escrita para remitirlos y posteriormentepues que se había cumplido el proceso <strong>de</strong> entregarlos a la Policía y<strong>de</strong>spués <strong>de</strong> un tiempo, vine a saber que la Policía no había encontradoningún tipo <strong>de</strong> nexo para mantenerlos más y los había puesto enlibertad…”.Por lo anterior, se pregunta, cómo en el fallo impugnado se llega a laconclusión <strong>de</strong> que fue el procesado quien remitió o dispuso el traslado<strong>de</strong>l personal rescatado a la Brigada y más concretamente a la zona <strong>de</strong>coordinación reservada (que es <strong>de</strong>sconocida en la sentencia, no se sabepor qué), a don<strong>de</strong> fueron evi<strong>de</strong>ntemente llevadas esas personas.La respuesta se muestra evi<strong>de</strong>nte al verificarse que <strong>de</strong>sconoce todo elanterior material probatorio para acoger la versión <strong>de</strong> personas quenada conocen sobre el <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> la operación, y que no tendrían porqué saberlo, pero cuyas aseveraciones no resisten un mínimo <strong>de</strong> análisis894

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