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Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

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Segunda instanciaProceso 2008-00025Los 18 individuos N.N. correspondientes a las actas <strong>de</strong>exhumación Nos. 08, 92, 41, 91, 83, 29, 02, 87, 28, 89, 06, 05,09, 88, 03, 31, 30 y 15 cuyos restos fueron tipificados, seexcluyen como correspondientes a las 12 personas reportadascomo <strong>de</strong>saparecidas en los hechos <strong>de</strong>l Palacio <strong>de</strong> Justicia.Los 2 individuos N.N. correspondientes a las actas Nos. 82 y 01presentan resultados no concluyentes con los grupos familiares 11(María <strong>de</strong>l Carmen Celis, madre <strong>de</strong> David Suspes) y 3 (Ana BeatrizJiménez <strong>de</strong> Sierra, madre <strong>de</strong> René Francisco Acuña),respectivamente.Los 6 individuos N.N. correspondientes a las Actas Nos. 85, 37,60, 56, 36 y 04 presentan un alto nivel <strong>de</strong> <strong>de</strong>gradación <strong>de</strong>l ADN ypor esta razón no fue posible obtener resultados en losprocedimientos realizados.Así mismo, con base en los procedimientos utilizados se logró la<strong>de</strong>terminación <strong>de</strong>l sexo, pero sólo en 20 individuos, siendo losresultados los siguientes:Masculino: Esqueletos Nos. 08, 92, 82, 91, 83, 29, 02, 87, 28, 89,05, 09, 01, 88, 03, 31 y 15.Femenino: 41, 06 y 30Se advierte que el citado informe señala como esqueletos <strong>completo</strong>s losNos. 13, 17, 34, 40, 44, 45, 52, 55, 55ª, 68, 70, 72, 73, 74, 75 y 77, yun esqueleto sin inventario, el número 42.En este informe llama la atención <strong>de</strong> la Sala el que, al igual que elanteriormente relacionado, a las familias <strong>de</strong> las hoy <strong>de</strong>saparecidasNorma Constanza Esguerra Forero e Irma Franco Pineda no se les tomanmuestras <strong>de</strong> sangre para cotejo genético, y tampoco se da razón <strong>de</strong>lporqué <strong>de</strong> tal situación, cuando se trata <strong>de</strong> verificar en el proceso la193

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