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Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

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Segunda instanciaProceso 2008-00025¿Usted conoció como Comandante <strong>de</strong> la Brigada XIII si esa unidad, oárea reservada que estaba en las instalaciones <strong>de</strong> la Escuela <strong>de</strong>Caballería se utilizaba para llevar <strong>de</strong>tenidos, retenidos y realizarreseñas? “(54:20)… En razón a las responsabilida<strong>de</strong>s y a las faculta<strong>de</strong>sque tenía en ese momento la justicia penal militar, en cuanto dice almanejo <strong>de</strong> aspectos que se le habían encomendado, que se le había<strong>de</strong>legado a la justicia penal militar, en algunas oportunida<strong>de</strong>s pordisposición <strong>de</strong> los jueces militares que estaban adscritos al área <strong>de</strong> laBrigada, ellos dispusieron que se llevaran personas para efectos <strong>de</strong>cumplir activida<strong>de</strong>s, mientras eran trasladados o entregados a algúnestablecimiento carcelario o se les <strong>de</strong>finía la situación…”.“(55:15)…porque la justicia penal militar tenía esas faculta<strong>de</strong>s y el B2cumplía esa función también <strong>de</strong> policía judicial…”.Respecto a las contradicciones que presentó este testigo en susmúltiples <strong>de</strong>claraciones acerca <strong>de</strong>l conocimiento <strong>de</strong> un área con lacaracterística <strong>de</strong> reservada, sostiene que: “(1:01:16)… simplementeson aspectos <strong>de</strong> darle la interpretación a lo que estoy manifestando, enel sentido <strong>de</strong> que no era un área especifica que estuviera bajo el mando<strong>de</strong>l Comandante <strong>de</strong> la Brigada, que era un sector que se ha llamado <strong>de</strong>coordinación reservado don<strong>de</strong> estaba una unidad específica <strong>de</strong> laBrigada por razones <strong>de</strong> espacio y que había una oficina, una<strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia <strong>de</strong>l B2 y que algunas personas que estaban en estemomento a cargo <strong>de</strong> la justicia penal…” 1096 .En <strong>de</strong>claración, el CO (r) Edilberto Sánchez Rubiano <strong>de</strong>l 10 <strong>de</strong> abril <strong>de</strong>2007 1097 , quien oficiaba como B2 para la época <strong>de</strong> los hechos, señala alrespecto: “…yo lo único que me acuerdo durante el tiempo que estuveallá, era que se encontraba la contraguerrilla urbana alojada en esaparte porque no había alojamiento <strong>de</strong> la Brigada Trece, pero un puesto<strong>de</strong> control dirigido por mí que tenga exclusividad <strong>de</strong>l B2 para otra clase<strong>de</strong> activida<strong>de</strong>s lo niego rotundamente…”.1096 Ibí<strong>de</strong>m.1097 C. N° 14.907

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