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Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

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Segunda instanciaProceso 2008-00025presenta, solicita la exhumación <strong>de</strong>l cadáver que se inhumó como PedroElías Serrano Abadía, para que se someta a pruebas <strong>de</strong> ADN.Pero, ante tal panorama, ni siquiera en el proceso <strong>de</strong> búsqueda <strong>de</strong>concordancias entre restos exhumados y familiares <strong>de</strong> los <strong>de</strong>saparecidos(cotejos <strong>de</strong> ADN -3 en total que obran en el expediente 293 ), se tomaronmuestras <strong>de</strong> sangre a los familiares <strong>de</strong> Norma Constanza EsguerraForero para hacer el correspondiente estudio, y tampoco se ha or<strong>de</strong>nadola exhumación <strong>de</strong> dichos restos para lo pertinente: ¿cuál es la razónpara ello? ¿Por qué habiendo una solicitud formal <strong>de</strong>s<strong>de</strong> hace variosaños, hasta el momento ninguna autoridad ha hecho lo pertinente para<strong>de</strong>spejar esa duda que surge en relación con el correcto reconocimientoy entrega <strong>de</strong> ese cadáver?En este or<strong>de</strong>n <strong>de</strong> i<strong>de</strong>as, contrario a la conclusión <strong>de</strong> la sentenciaapelada, para la Sala, al no existir tal grado <strong>de</strong> convencimiento encuanto a que la señora Esguerra Forero sobrevivió a la toma guerrillera,fue rescatada <strong>de</strong> la edificación por fuerzas <strong>de</strong>l Estado y posteriormentefue <strong>de</strong>saparecida, no resulta ajustado a la ley afirmar válidamente queexistió una conducta punible que la afecte a ella en el bien jurídico <strong>de</strong> lalibertad personal.7.1.4.3.- LUZ MARY PORTELA LEÓN.Se tiene noticia que esta persona, para la época <strong>de</strong> los hechos seencontraba reemplazando a su señora madre, quien era la quetrabajaba lavando los platos en la cafetería <strong>de</strong>l Palacio <strong>de</strong> Justicia. Estainformación fue suministrada por su progenitora, quien refirió que el día<strong>de</strong> los hechos su hija fue a trabajar normalmente; sin embargo,respecto <strong>de</strong> la suerte que corrió <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> la toma guerrillera y supresunta salida con vida <strong>de</strong>l Palacio <strong>de</strong> Justicia, es aun más escaso elmaterial probatorio.293 Fl. 5 y ss. c. anexos 36.242

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