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Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

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Segunda instanciaProceso 2008-00025realizar el hecho ni tampoco en la planificación <strong>de</strong>l mismo, aunque<strong>de</strong>cidan llevar a cabo el encargo. En muchas ocasiones los subordinadosni siquiera conocen el plan en su globalidad, siendo conscientesúnicamente <strong>de</strong> la parte <strong>de</strong>l plan que les toca ejecutar 700 (…) La bandacriminal que coadyuvó a gestar e integró, diseñó y ejecutó un proceso<strong>de</strong> cooptación <strong>de</strong> las instituciones <strong>de</strong>partamentales y municipales, quese refleja en el apoyo brindado a esa organización para alcanzarinclusive a en<strong>de</strong>rezar todos sus movimientos oficiales en busca <strong>de</strong>lfavorecimiento directo e inmediato <strong>de</strong> la asociación criminal (…) En laactividad político-administrativa constituyó tarea esencial <strong>de</strong>lmandatario <strong>de</strong>partamental favorecer el quehacer <strong>de</strong> su compañía<strong>de</strong>lictiva, hecho que … explica su continua comunicación, colaboración yparticipación con el lí<strong>de</strong>r <strong>de</strong>l grupo paramilitar …”Continuó diciendo: “… Los grupos paramilitares, entre cuyos miembrosexistían inclusive servidores públicos vinculados a todas las institucionesestatales como ha quedado establecido en el presente caso, <strong>de</strong>s<strong>de</strong> elmomento mismo <strong>de</strong> su creación tenían como propósito esencial arrasara todos los ciudadanos u organizaciones que se opusieran a suspropósitos, razón por la cual la ejecución <strong>de</strong> conductas calificadas como<strong>de</strong>litos <strong>de</strong> lesa humanidad -torturas, <strong>de</strong>sapariciones forzadas,<strong>de</strong>splazamiento forzado, secuestro, etc.- hacían parte <strong>de</strong> sus diligenciasordinarias… Para los miembros <strong>de</strong> la organización no era ningún secretoque en aras <strong>de</strong> la consolidación <strong>de</strong> su po<strong>de</strong>r facineroso se tenían quecometer toda clase <strong>de</strong> conductas criminales y ataques a la dignidadhumana <strong>de</strong> los opositores o <strong>de</strong> cualquiera que se convirtiera enobstáculo al avance paramilitar… No cabe duda que quienes fungíancomo voceros políticos legalmente reconocidos, que inclusive escalaronposición dirigente, realmente hacían parte <strong>de</strong> la cúpula <strong>de</strong> los gruposparamilitares y en tal condición integraban el Directorio <strong>de</strong> mando quediseñaba, planificaba, proyectaba, forjaba e impulsaba las acciones que<strong>de</strong>bía <strong>de</strong>sarrollar la empresa criminal en aras <strong>de</strong> consolidar su avance yobtener más réditos <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l plan diseñado… El político en su700 CAROLINA BOLEA BARDON, Autoría mediata en <strong>de</strong>recho penal, Valencia, Editorial Tirant lo Blanch, 2000, p.337. El artículo 17 <strong>de</strong> la Ley 1312 <strong>de</strong> 2009, se refiere a “grupo armado organizado al margen <strong>de</strong> la ley”.572

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