12.07.2015 Views

Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Segunda instanciaProceso 2008-00025situación que no permite afirmar alguna clase <strong>de</strong> dirección o manejo <strong>de</strong>lo que sucedía en esas instalaciones.Valga <strong>de</strong>cir que, <strong>de</strong> las pruebas reseñadas, solamente el Comandante<strong>de</strong>l B2, el entonces Teniente Coronel Edilberto Sánchez Rubiano, es elúnico que ratifica la inexistencia <strong>de</strong> dichas instalaciones, situación que,valorando su implicación <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los hechos acaecidos, resulta validacomo una estrategia <strong>de</strong>fensiva <strong>de</strong>l mismo, pero que no encuentrarespaldo probatorio alguno, como lo preten<strong>de</strong> ver la sentencia.2.2.2.7.- DE LAS TORTURAS EN LA ESCUELA DE CABALLERÍA.“…Para la época <strong>de</strong> los hechos, el traslado a guarniciones militares, enespecial a la Escuela <strong>de</strong> Caballería, y los malos tratos ocasionados encontra <strong>de</strong> aquellos que en alguna medida generaban sospecha <strong>de</strong>pertenecer a grupos armados ilegales, era habitual…” 1101 .Para soportar esta afirmación (dirigida a <strong>de</strong>mostrar, probablemente, lasistematicidad en la ejecución <strong>de</strong> <strong>de</strong>litos por parte <strong>de</strong>l a estructuraorganizada <strong>de</strong> po<strong>de</strong>r), la sentencia trae a líneas varios casos: El <strong>de</strong>lseñor Rubiano Galvis, ya estudiado en aparte anterior (2.2.3.4.4.), yque es evi<strong>de</strong>ntemente falaz, según el estudio hecho, porque terminóaceptando que no fue torturado en la Escuela <strong>de</strong> Caballería al rectificarsu dicho cuando se equivoca <strong>de</strong> sitio en don<strong>de</strong> se le infligieron tal clase<strong>de</strong> vejaciones, aclarando sencillamente: “…Sí me equivoqué ahí…”.Debe aclararse y <strong>de</strong> paso recordarse que lo sucedido con respecto aesas “torturas”, esta persona lo refiere realizado en una únicaoportunidad, lo que permite afirmar que, <strong>de</strong> haber existido tal escenario<strong>de</strong> violación <strong>de</strong> los Derechos Humanos en la Escuela <strong>de</strong> Caballeríaninguna dificultad <strong>de</strong>bería haber tenido para recordarlo clara, puntual ycerteramente, y no rectificar el sitio en don<strong>de</strong> dice haber sucedido lo <strong>de</strong>la electricidad en los testículos y los golpes.1101 Páginas 147 y ss <strong>de</strong> la sentencia.910

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!