12.10.2015 Views

Actas del Congreso

Actas del Congreso

Actas del Congreso

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

188 Rafael de Asís Roig<br />

ma, desde el artículo 149.1.1 de la Constitución, referido a la competencia<br />

exclusiva <strong>del</strong> Estado para regular las condiciones básicas que garanticen la<br />

igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y el cumplimiento<br />

de los deberes constitucionales. Sin embargo, la configuración<br />

que la Ley hace de este derecho se aparta de esta consideración (De Asís,<br />

R., 2007: 3 y ss.).<br />

Me he referido en otros lugares a la posibilidad de construir un derecho<br />

susceptible de ser identificado como derecho a la promoción de la autonomía,<br />

o a la elección de una forma de vida o a la vida independiente, tomando<br />

como referencia la Convención y el mo<strong>del</strong>o social de la discapacidad.<br />

Se trata de un derecho general relacionado con otros derechos pero que<br />

posee dimensiones concretas también en formas de derechos (De Asís, R.,<br />

2010). Un derecho que adquiere relevancia cuando nos encontramos en<br />

una situación de falta de autonomía o de dependencia.<br />

Como es sabido, estas situaciones pueden ser producidas por dimensiones<br />

personales o sociales, siendo este derecho una herramienta para luchar<br />

contra esas dimensiones, estando así estrechamente relacionado con<br />

la accesibilidad universal. Y dentro de la lógica de la accesibilidad encontramos<br />

una proyección de este derecho vinculada a la idea de los ajustes:<br />

la atención o el apoyo (físico, intelectual, comunicacional y afectivo) a la<br />

vida diaria (a las actividades fundamentales de la vida diaria). De alguna<br />

manera, esta es la dimensión de este derecho que posee una singularidad<br />

propia.<br />

Es posible así hablar de un derecho al apoyo a las actividades fundamentales<br />

de la vida diaria que se deriva <strong>del</strong> derecho a elegir una forma de vida.<br />

Este derecho, de manera genérica, protege a aquellos que se encuentren<br />

en una situación de dependencia proporcionando servicios y asistencia<br />

para el desarrollo de las actividades fundamentales de la vida diaria.<br />

Se trata de un derecho de titularidad universal, si bien sólo efectivo al<br />

encontrarse la persona en una situación de dependencia que dañe el desarrollo<br />

de una vida humana digna.<br />

Este derecho conlleva el cumplimiento de una serie de obligaciones<br />

que se traducen en tres tipos de prestaciones: económicas, asistenciales<br />

(personales e institucionales) y sanitarias. Obviamente todas ellas deben<br />

realizarse, por un lado, en el marco de un enfoque que combine la perspectiva<br />

individual y social, y por otro, deben ir acompañadas de otro conjunto<br />

de medidas destinadas a hacer efectiva la accesibilidad.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!