12.10.2015 Views

Actas del Congreso

Actas del Congreso

Actas del Congreso

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

El derecho a la maternidad de las mujeres con discapacidad…<br />

639<br />

La regulación actual de las técnicas de reproducción asistida ya no contempla<br />

la utilización de las técnicas solo como remedio de la esterilidad,<br />

sino que también admite su práctica para evitar, en ciertos casos, la aparición<br />

de enfermedades, en las personas nacidas que carecen de tratamiento<br />

curativo y todavía se va más allá, dado que el diagnostico genético preimplantacional<br />

abre nuevas vías en la prevención de enfermedades genéticas<br />

que en la actualidad carecen de tratamiento, contemplando la posibilidad<br />

de seleccionar preembriones para que, en determinados casos y bajo el<br />

debido control y autorización administrativa, puedan servir de ayuda para<br />

salvar la vida <strong>del</strong> familiar <strong>del</strong> enfermo.<br />

La legislación española exige, en todo caso, que la mujer tenga 18 años<br />

para poder ser usuaria de las técnicas de reproducción asistida, ya que con<br />

la mayoría de edad se presume que toda persona tiene suficiente madurez<br />

mental para saber la trascendencia de sus actos.<br />

No obstante, es muy flexible en las demás circunstancia personales a<br />

tener en cuenta. Es indiferente cual sea la orientación sexual y el estado<br />

civil de la mujer usuaria, dentro de las diferentes situaciones jurídicas que<br />

nuestro sistema jurídico contempla como estados civiles, aquí se refiere a<br />

aquellos que vienen determinados por la celebración o no <strong>del</strong> matrimonio<br />

y por lo tanto la mujer usuaria podrá estar soltera, casada, separada, divorciada<br />

o viuda.<br />

Además, se admite la posibilidad de que la mujer con discapacidad<br />

pueda ser usuaria de las técnicas de reproducción asistida, y para ello se<br />

establece que la información y asesoramiento de estas técnicas se presten<br />

en condiciones y formatos accesibles y apropiados a las necesidades de las<br />

personas con discapacidad (Cfr. Disposición Adicional Quinta de la Ley<br />

14/2006, de 26 de mayo, sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida<br />

—LTRHA— Boletín Oficial <strong>del</strong> Estado, 27 de mayo de 2006, nº 126, págs.<br />

19947 a 19956).<br />

En atención a estas exigencias hay que tener presente que la nueva<br />

regulación sobre personas con discapacidad recogida en el Real Decreto<br />

Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido<br />

de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y<br />

de su inclusión social, Boletín Oficial <strong>del</strong> Estado, de 3 de diciembre de 2013,<br />

nº 289, pág. 12632 y ss. ordena la necesidad de respetar la autonomía de las<br />

personas con discapacidad y con ello la exigencia de que se observe en el<br />

ejercicio de sus derechos el principio de libertad en la toma de decisiones<br />

para lo cual es esencial la información que deberá efectuarse en formatos<br />

adecuados y de acuerdo con las circunstancias personales, siguiendo las

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!