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Actas del Congreso

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La protección de las personas mayores y con discapacidad en el sistema…<br />

333<br />

dadano en la tramitación de su solicitud. Es al Estado a quien le corresponde<br />

mejorar la eficacia <strong>del</strong> Sistema, haciendo uso de su título competencial que<br />

le confiere un margen de actuación <strong>del</strong> que no está haciendo uso. Por otro<br />

lado, es necesario exigir a las Comunidades Autónomas el cumplimiento de<br />

la normativa básica común, así como controlar y favorecer el cumplimiento<br />

de los plazos establecidos para la recepción final de la prestación para evitar<br />

la excesiva dilatación en el tiempo que se viene produciendo, lo que supone<br />

un incumplimiento legal y un perjuicio directo para el beneficiario.<br />

4. La dualidad entre prestaciones de servicios versus prestaciones<br />

económicas<br />

Aunque el legislador de la ley 39/2006 apostara por un mo<strong>del</strong>o protector<br />

basado en servicios, por los innumerables beneficios que reporta para<br />

la persona en situación de dependencia, sus familiares y la sociedad en su<br />

conjunto —una atención de calidad, promoción social, personal y profesional<br />

de los cuidadores tradicionales, generación de empleo, etc.—, la<br />

realidad es que España no dispone de estructuras y recursos (económicos,<br />

materiales y humanos) suficientes que permitan y garanticen una protección<br />

generalizada basada en prestaciones técnicas 17 . Así se ha demostrado<br />

en los primeros siete años desde la implantación <strong>del</strong> SAAD, en los que han<br />

predominado las prestaciones económicas sobre las prestaciones de servicios<br />

18 . De todas las prestaciones posibles, es la prestación económica para<br />

17<br />

Son estos factores los que igualmente ha motivado la defensa, por parte de algunos<br />

autores, de las prestaciones económicas, al considerar que, al menos en la<br />

primera fase de implantación <strong>del</strong> Sistema de dependencia, la preponderancia se<br />

podía haber inclinado hacia las prestaciones económicas, funcionalmente más<br />

idóneas en orden a la promoción de la autonomía personal <strong>del</strong> dependiente.<br />

En este sentido, González de Patto, Rosa María, “Las prestaciones económicas<br />

en situación de dependencia”, en VV.AA. Monereo Pérez, José Luis (Dir.), Las<br />

contingencias comunes protegidas por la Seguridad Social actualizado con las novedades<br />

introducidas por la Ley 40/2007, de 4 de diciembre de medidas en materia de Seguridad<br />

Social, Comares, Granada, 2008, págs. 676.<br />

18<br />

Los datos así lo reflejan, <strong>del</strong> 100% de prestaciones reconocidas a los beneficiarios,<br />

a fecha de 31 de octubre de 2013, 468.207 (50,55%) corresponde a prestaciones<br />

económicas, mientras que 457.969 (49,45%) corresponden a prestaciones de servicios.<br />

IMSERSO: Estadísticas <strong>del</strong> Sistema para la autonomía y la atención a la<br />

dependencia, situación a 30 de junio de 2013, Portal Mayores. (Puede consultarse<br />

en http://www.dependencia.imserso.es/InterPresent1/groups/imserso/documents/binario/im_076480.pdf)

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