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Actas del Congreso

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Hacia una sociedad donde los derechos humanos sean algo real<br />

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ta educativa que ha de darse a la diversidad, más que en el terreno de unas<br />

determinadas acciones concretas. Como indica (Arnáiz Sánchez, 2003:150)<br />

“La educación inclusiva es, ante todo y en primer lugar, una cuestión de derechos<br />

humanos, ya que define que no se puede segregar a ninguna persona como consecuencia<br />

de su discapacidad o dificultad de aprendizaje, género o pertenencia a una<br />

minoría étnica. En segundo lugar, es una actitud, un sistema de valores y creencias,<br />

no una acción ni un conjunto de acciones. (…) Incluir significa ser parte de algo,<br />

formar parte <strong>del</strong> todo, mientras que excluir, su antónimo, significa mantenerse fuera,<br />

apartar, expulsar”.<br />

Hemos de entenderla como una negación de la exclusión, una aceptación<br />

<strong>del</strong> valor de la diversidad y de la escuela como una institución social<br />

que articula la necesidad de educación para todos los miembros de la comunidad.<br />

Desde nuestro punto de vista la respuesta no debe buscarse en el campo<br />

de los procedimientos de enseñanza (didácticos, organizativos), sino en el<br />

de la visión que se tenga de la comunidad social, en su calidad de acreedora<br />

natural <strong>del</strong> derecho a la educación. Con ello no estamos indicando que<br />

no puedan señalarse indicadores perceptibles de las diferencias entre una<br />

práctica integradora y una escuela inclusiva, pero sí que estos están muy<br />

relativizados en función <strong>del</strong> contexto geográfico, social y político en donde<br />

se efectúe la comparación.<br />

Los principales contrastes estén en el hincapié que la integración ha<br />

hecho en la cuestión <strong>del</strong> emplazamiento con una cierta tendencia a detenerse<br />

en este plano, de tal manera que aún situándose dentro <strong>del</strong> centro<br />

ordinario, e incluso dentro <strong>del</strong> aula ordinaria, se ha producido la identificación<br />

de que los alumnos integrados eran unos pocos, diferentes, distintos;<br />

y los demás, la mayoría. Ello ha estado acompañado de una tendencia<br />

a sostener prácticas pedagógicas homogeneizadoras para el conjunto mayoritario<br />

de normales, junto a otras prácticas alternativas para los pocos integrados.<br />

Además, dicho en términos de (Lipsky y Gardner, 1996), era el alumno el<br />

que debía demostrar su capacitación para la situación de integración, más<br />

que la situación ser capaz de responder sin requisitos previos a cualquier<br />

alumno. Es precisamente en la aceptación <strong>del</strong> hecho diverso sin más apelativos,<br />

donde podemos situar una característica definitoria de la inclusión.<br />

Otro elemento definitorio estaría en una revisión <strong>del</strong> propio concepto<br />

de necesidades educativas especiales. La integración ha sido normalmente usada<br />

para describir la asimilación por la escuela ordinaria de lo que se suponía<br />

tipos particulares de niños: aquellos con dificultades de aprendizaje,<br />

discapacidad psíquica, comportamiento agresivo, deficiencias sensoriales

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