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Actas del Congreso

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Algunas reflexiones sobre las políticas públicas<br />

de discapacidad desde la perspectiva de la<br />

Convención de Naciones Unidas<br />

JOSÉ Mª AYALA DE LA TORRE<br />

Abogado <strong>del</strong> Estado<br />

Patrono de la Fundación Derecho y Discapacidad<br />

Dice Boaventura de Sousa Santos que “el progreso oculta más que ilumina”,<br />

afirmación que nos conduce a aquella otra reflexión hecha por el<br />

poeta cuyo centenario de su nacimiento se conmemora este año, Octavio<br />

Paz: “Como ser de deseos, como ser que desea, como ser que fabrica imágenes<br />

que son un presentir, que son también un recordar, el hombre no es<br />

sujeto de progreso, sino de regreso”.<br />

Sea como fuere lo cierto y verdad es que la Convención de Naciones<br />

Unidas sobre derechos de las personas con discapacidad marca un hito<br />

esencial, un antes y un después, en el compromiso internacional (humano,<br />

pues) de los derechos de las personas con discapacidad, representa un<br />

claro progreso y avance indudable en esta materia.<br />

En un intento de síntesis podemos destacar los siguientes caracteres de<br />

la Convención:<br />

1º. La Convención es, en primer lugar, un tratado internacional y, en<br />

cuanto tal, desde su recepción goza de aplicación y eficacia inmediata, de<br />

acuerdo con lo dispuesto en los artículos 96.1 de la CE de 1978 y 1.5 <strong>del</strong><br />

Código Civil.<br />

2º. Es un tratado internacional que regula cuestiones relativas a los derechos<br />

humanos, de modo que debe ser interpretado desde un doble parámetro<br />

de idoneidad:<br />

Por un lado, el artículo 10.2 de la CE exige una interpretación de las<br />

normas de derechos fundamentales con arreglo a los tratados internacionales<br />

suscritos por España en la materia y en particular el Pacto de derechos<br />

civiles y políticos.<br />

Por otro lado, desde una perspectiva constitucional se requiere una interpretación<br />

conforme a la Constitución y, en particular, conforme a los

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