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Actas del Congreso

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Accesibilidad universal, diseño para todos y adaptación de puestos de trabajo…<br />

605<br />

Real Decreto 2273/1985 regula su reglamento. Tras diversas modificaciones<br />

6 finalmente se encuentran en vigor las siguientes ayudas:<br />

– Ayudas al mantenimiento de puestos de trabajo: bonificación durante<br />

toda la vigencia <strong>del</strong> contrato, <strong>del</strong> 100 por cien de la cuota empresarial<br />

a la Seguridad Social; subvención, durante toda la vigencia<br />

<strong>del</strong> contrato, <strong>del</strong> coste salarial correspondiente al puesto de trabajo<br />

ocupado por un discapacitado que realice una jornada de trabajo<br />

laboral normal por un importe <strong>del</strong> 50 por ciento <strong>del</strong> salario mínimo<br />

interprofesional; subvención, por una sola vez, para la adaptación<br />

de puestos de trabajo en cuantía no superior a 1.803,04 euros; subvención,<br />

por una sola vez, destinada a equilibrar y sanear financieramente<br />

a los CEE; subvención dirigida a equilibrar el presupuesto de<br />

aquellos CEE que carezcan de ánimo de lucro.<br />

– Ayudas a proyectos generadores de empleo: las subvenciones serán<br />

en su conjunto, de 12.020,24 euros por puesto de trabajo creado con<br />

carácter estable (para asistencia técnica, sufragar la inversión fija en<br />

proyectos de interés social y para la subvención parcial de interese de<br />

los prestamos), si el CEE supera el 90 por ciento de trabajadores con<br />

discapacidad en su plantilla, y de 9.015,18 euros si está comprendido<br />

entre el 70 por ciento y el 90 por ciento.<br />

Según un estudio realizado por CCOO la práctica totalidad de los trabajadores<br />

con discapacidad en los CEE figuran contratados como “operario”<br />

con un salario mínimo interprofesional según el Convenio Colectivo vigente<br />

y los anteriores, por lo que se deduce que el salario que vienen percibiendo<br />

oscila entre los 700 y 800 euros sólo siendo en el 10 por ciento un<br />

salario que alcanza los 900 euros. Las ayudas al mantenimiento <strong>del</strong> puesto<br />

de trabajo suponen en la mayoría de los casos un 70 por ciento <strong>del</strong> coste<br />

salarial total <strong>del</strong> trabajador con discapacidad y siempre el 100 por cien de<br />

la cuota empresarial a la Seguridad Social desde 1986, excepto entre julio<br />

2009 y diciembre de 2010 cuando se subvencionó el 75 por cien.<br />

Las medidas orientadas a fomentar el empleo autónomo se regulan en<br />

la Orden TAS/1622/2007 de 5 de junio, puesta en vigor por el Real Decreto-ley<br />

3/2011. Las ayudas destinadas a los trabajadores con discapacidad<br />

que se quieran establecer como trabajadores autónomos son las siguientes:<br />

6<br />

Orden de 21 de febrero de 1986, Orden de 16 de octubre de 1998, Real Decretoley<br />

5/2006, Ley 43/ 2006; Ley 27/2009, Real Decreto-ley 3/2011, Estrategia Española<br />

de Empleo 2012- 2014, Real Decreto-ley 3/2012.

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