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Actas del Congreso

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634 Inés Sánchez-Ventura Morer<br />

De acuerdo con lo visto hasta ahora nuestro procedimiento de incapacitación<br />

encajaría en un principio en la Convención; sin embargo, este<br />

procedimiento no está tan extendido como seguidamente se verá.<br />

3. La persona con discapacidad intelectual frente al procedimiento de<br />

modificación de la capacidad de obrar<br />

El antiguo sistema de tutela de familia fue sustituido en el año 1983<br />

por un sistema garantista basado en los principios de legalidad y jurisdiccionalidad<br />

18 , es decir, un sistema de protección de la persona con<br />

discapacidad intelectual en virtud de la cual la falta de capacidad para<br />

gobernar su persona o bienes únicamente puede ser declarada de acuerdo<br />

con las causas previstas en la ley (art. 200 CC) y por sentencia judicial,<br />

respectivamente. En ese procedimiento judicial contradictorio, en el<br />

que la persona afectada debe ser oída, el juez debe valorar el alcance de<br />

las facultades volitivas e intelectivas de la persona con discapacidad y de<br />

acuerdo con esa valoración determinar el alcance de su capacidad de decisión<br />

determinando qué actos puede y cuáles no puede llevar a cabo esa<br />

persona, estableciendo a su vez para estos últimos el sistema de guarda<br />

legal que resulte más adecuado: tutela y curatela. Este procedimiento tiene<br />

como finalidad primordial la protección de la persona que no puede<br />

adoptar decisiones por sí misma.<br />

A pesar de los buenos propósitos de la regulación de 1983, lo cierto es<br />

que, con carácter general, se ha producido una huida <strong>del</strong> procedimiento<br />

la propia realidad muestra que son escasas las incapacitaciones que se declaran<br />

a día de hoy 19 . Las razones son entre otras 20 : la desconfianza que<br />

existe ante las formalidades legales unido a una excesiva burocratización<br />

de la función de la justicia, el desconocimiento social derivado de una<br />

18<br />

Vargas Cabrera, Bartolomé, “Aspectos civiles y procesales de la discapacidad” en<br />

Serrano García, Ignacio (coord.), La protección Jurídica <strong>del</strong> discapacitado, I <strong>Congreso</strong><br />

Regional celebrado en Valladolid en el año 2003, Tirant lo Blanch, Valencia, 2003,<br />

pág.123.<br />

19<br />

Fábrega Ruiz, Cristóbal (2006), La guarda de hecho y la protección de las personas con<br />

discapacidad, Madrid, Editorial Universitaria Ramón Areces, pág.1.<br />

20<br />

Ibíd. p. 1 y Dolado Pérez, Ángel, “Criterios generales de valoración de la discapacidad<br />

en la incapacitación judicial” en De Salas Murillo, Sofía (coord.), Hacia una<br />

visión global de los mecanismos jurídico-privados de protección en materia de discapacidad,<br />

Colección El Justicia de Aragón, Zaragoza, 2010, pág. 62.

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