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Actas del Congreso

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660 Patricia Soler Javaloy - Joaquina Murcia Rodríguez<br />

Los servicios de apoyo universitarios llevan trabajando con las personas<br />

con discapacidad desde los años noventa, fruto de las generaciones que<br />

pudieron beneficiarse de la conocida LISMI, si bien cada universidad ha<br />

tenido una forma de comienzo y un mo<strong>del</strong>o de partida para abordar esta<br />

cuestión.<br />

La Reforma de la LOU (Ley 4/2007 de 12 de abril, por la que se modifica<br />

la ley 6/2001 de 21 de diciembre), hace visibles la existencia de estos<br />

servicios y unidades que se dedican entre otros colectivos, al apoyo a las<br />

personas con discapacidad en las universidades pasando de ser un acto de<br />

buena voluntad, de mayor sensibilidad, de consideración o humanidad,<br />

a ser un acto de obligado cumplimiento por todos los equipos rectorales;<br />

esto es así porque estos servicios de apoyo pasan a ser (gracias a esta ley,<br />

pero también a la legislación precedente en materia de discapacidad) un<br />

derecho para los alumnos con alguna discapacidad o necesidad educativa<br />

específica.<br />

El Centro de Apoyo al Estudiante de la Universidad de Alicante (y también<br />

en otras universidades, si bien nos centraremos en la práctica en este<br />

servicio que es el que conocemos) se a<strong>del</strong>antó a lo desarrollado por la ley<br />

4/2007 y en este sentido, estamos satisfechos de haber mantenido una línea<br />

de trabajo que se acopla a lo dirimido por la Convención que nos ocupa.<br />

2. Filosofía compartida: la convergencia entre los servicios de apoyo y la<br />

Convención<br />

Siguiendo el texto legal de la Convención, nos encontramos una secuencia<br />

de fundamentos que guían la exposición y que están en sintonía<br />

con nuestro modus operandi que vamos a resumir seguidamente:<br />

En el Preámbulo ya se analizan algunos de los principios que se detallarán<br />

en los artículos siguientes, los que son más aplicables respecto al<br />

ámbito universitario son los epígrafes: e, f, i, j, n y v.<br />

Los principios que emanan <strong>del</strong> preámbulo entroncan con nuestra concepción<br />

(para su eliminación) de las barreras mentales que son igual o<br />

más perjudiciales que las barreras arquitectónicas, esto es, el conjunto de<br />

actitudes que provocan una involución o el desarrollo de prejuicios y estereotipos<br />

que no ayudan a la inclusión educativa <strong>del</strong> estudiante y <strong>del</strong> PDI o<br />

PAS con discapacidad en la comunidad universitaria.<br />

La promoción, defensa y actitud proactiva hacia la igualdad de oportunidades,<br />

plasmada en la atención que se presta al estudiante con discapa-

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