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Actas del Congreso

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Nuestro ordenamiento y la Convención<br />

sobre los Derechos de las Personas con<br />

Discapacidad: una visión general sobre los<br />

retos pendientes<br />

MARTA KINDELÁN BUSTELO<br />

Jefa de Gabinete de la Adjunta Segunda <strong>del</strong> Defensor <strong>del</strong> Pueblo<br />

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de<br />

2006 (en a<strong>del</strong>ante, la Convención) supuso la asunción de la discapacidad<br />

como una cuestión de derechos humanos, al superar el enfoque asistencial<br />

y centrarlo en el respeto pleno a sus derechos en condiciones de igualdad.<br />

Por ello ha resultado un gran desafío para nuestro ordenamiento y para<br />

nuestra práctica administrativa, que a pesar de haber avanzado de forma<br />

considerable en esta materia desde los años 80, han tenido que adaptarse<br />

a este nuevo paradigma. El reto, en parte, sigue en pie.<br />

Los tratados forman parte <strong>del</strong> Derecho español desde el momento de<br />

su publicación oficial, con un rango especial que exige la modificación o<br />

derogación de las normas legales y reglamentarias que los contradigan e<br />

impide su modificación por leyes internas posteriores. Además los derechos<br />

de las personas de discapacidad, y en realidad también el resto <strong>del</strong><br />

ordenamiento, deben interpretarse y aplicarse a la luz de la Convención<br />

(artículos 96 y 10.2 CE).<br />

Los cambios derivados <strong>del</strong> nuevo enfoque de la Convención no podían<br />

lograrse con su sola incorporación a nuestro ordenamiento interno. Exigían<br />

revisar y reformar un amplio y variado número de normas, de rango<br />

legal y reglamentario, dispersas en nuestro ordenamiento. Razones de<br />

eficacia y seguridad jurídica aconsejaban pues llevar a cabo un proceso<br />

de análisis, adaptación y revisión transversal <strong>del</strong> ordenamiento interno. El<br />

primer esfuerzo de adaptación lo constituye la Ley 26/2011, de 1 de agosto,<br />

de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos<br />

de las Personas con Discapacidad y el Real Decreto 1276/2011, de 16<br />

de septiembre, de la misma rúbrica.<br />

Pasados casi tres años desde la Ley 26/2011 y seis desde la entrada en<br />

vigor de la Convención en mayo de 2008, el Defensor <strong>del</strong> Pueblo en su

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