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Actas del Congreso

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El derecho al trabajo y a la protección social de las personas con discapacidad…<br />

445<br />

Los servicios sociales para personas con discapacidad y sus familias podrán<br />

ser prestados tanto por las Administraciones Públicas como por entidades<br />

sin ánimo de lucro a través de los cauces y mediante los recursos<br />

humanos, financieros y técnicos necesarios. En todo caso, aquellas desarrollarán<br />

las actuaciones necesarias para la coordinación de la atención de<br />

carácter social y de carácter sanitario, de forma efectiva y eficiente.<br />

La prestación de los servicios sociales respetará al máximo la permanencia<br />

de las personas con discapacidad en su medio familiar y en su entorno<br />

geográfico, teniendo en cuenta las barreras específicas de quienes habiten<br />

en zonas rurales. Asimismo, se promoverá la participación de las propias<br />

personas con discapacidad en las tareas comunes de convivencia, de dirección<br />

y de control de los servicios sociales.<br />

Las personas con discapacidad y sus familias tienen derecho a los servicios<br />

sociales de apoyo familiar, de prevención de deficiencias y de intensificación<br />

de discapacidades, de promoción de la autonomía personal,<br />

de información y orientación, de atención domiciliaria, de residencias, de<br />

apoyo en su entorno, servicios residenciales, de actividades culturales, deportivas,<br />

ocupación <strong>del</strong> ocio y <strong>del</strong> tiempo libre (Kahale, 2012). Al mismo<br />

tiempo, y como complemento de las medidas específicamente previstas en<br />

el RDL 1/2013, la legislación autonómica podrá prever servicios y prestaciones<br />

económicas para las personas con discapacidad y sus familias que<br />

se encuentren en situación de necesidad y que carezcan de los recursos<br />

indispensables para hacer frente a la misma.<br />

3.2. Clases de servicios sociales<br />

El RDL 1/2013 señala las siguientes clases de servicios sociales:<br />

a) Servicio de apoyo familiar: Tendrá como objetivo la orientación e información<br />

a las familias, el apoyo emocional, su capacitación y formación<br />

para atender a la estimulación, maduración y desarrollo físico, psíquico<br />

e intelectual de los niños y niñas con discapacidad (Sempere y Kahale,<br />

2012), y a las personas con discapacidad y para la adecuación <strong>del</strong> entorno<br />

familiar y próximo a las necesidades de todos ellos.<br />

b) Servicios de orientación e información: Deben facilitar a las personas<br />

con discapacidad y a sus familias el conocimiento de las prestaciones y servicios<br />

a su alcance, así como las condiciones de acceso a los mismos.<br />

c) Servicios de prevención de deficiencias y de intensificación de discapacidades<br />

y promoción de la autonomía personal: Tienen como finalidad

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