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Actas del Congreso

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Hipótesis sobre la emergencia de la diversidad funcional…<br />

695<br />

2. Consideraciones previas<br />

Parece que el paso de los derechos a los hechos es una consecuencia<br />

lógica a la que se arriba sin interrupciones, mediaciones y conflictos, pero<br />

sucede todo lo contrario: por eso, Lechner hablaba de “la permanente y<br />

siempre conflictiva construcción <strong>del</strong> orden deseado” (cfr. Lechner, 1989).<br />

La idea de “aquí no pasa nada” se debe a que se suelen olvidar las historias<br />

acontecidas y las trayectorias de las luchas, sean individuales o colectivas.<br />

Pero para no olvidar los esfuerzos, y para estar alerta de las novedades, se<br />

debe recordar —reiteradamente si es necesario— que la CIDPD tiene, al<br />

menos en España, un importante camino recorrido, con suficientes avances,<br />

en todos los campos (legislativo, institucional, médico, jurídico, tecnológico,<br />

teórico, filosófico, etc) que se han logrado a costa de una extraordinaria<br />

organización, capacidad de asociación y movilización con suficiente<br />

conciencia social, intelectual y política de gente que defiende los derechos<br />

de las personas con discapacidad, y se esfuerza para lograr disponer de<br />

un sistema de ayuda, atención y servicios significativo para la diversidad<br />

funcional que, por la experiencia acumulada, puede tener capacidad de<br />

influencia en muchos frentes asociados al desarrollo de la CIDPD 4 .<br />

En efecto, la experiencia dice que no es un camino <strong>del</strong> todo abierto al<br />

futuro, aunque echada la mirada hacia atrás se observe que muchas vías<br />

han quedado despejadas, vr. gr. la vía de la recepción de la CIDPD en el<br />

derecho español mediante el bloque de constitucionalidad (que le otorga<br />

un importante poder que debe empezar a gestionar), la vía normativa que<br />

se ha producido asociada a ella, la de las políticas públicas planteadas al<br />

amparo de la CIDPD, y, sobre todo, la vía que ha abierto (produce implicaciones)<br />

los derechos en los que descansa el consentimiento informado y la<br />

consulta previa (ésta es vista como el derecho a ser consultado por quienes<br />

tienen que tomar decisiones que afecten a las personas o comunidades).<br />

Estos instrumentos-derechos, sabemos, potencian la capacidad de decisión<br />

propia para la vida independiente y autónoma de las personas, y son de<br />

enorme utilidad para cuando se trata de reconocer y respetar las capacidades<br />

diferenciales de acción para vivir de las personas.<br />

La evolución, el desarrollo y el progreso son solo niveles distintos de un<br />

proceso de cambio con cada vez mayores complejidades y necesidades de<br />

4<br />

Esta imagen, en ecología se llamaría “riqueza funcional <strong>del</strong> grupo” riqueza que<br />

junto con otras es una medida para comprender la capacidad de variación, es decir<br />

de crecimiento, desarrollo o evolución, de la diversidad funcional (cfr. Tilman,<br />

2001:109 ss).

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