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Libro de Actas final_2

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GT 17 GRUPO DE SOCIOLOGÍA DE LA EDAD Y CICLO VITAL<br />

630<br />

Por jubilación anticipada se entien<strong>de</strong> la situación en la que el trabajador se jubila entre los 60 y los 65 años, teniendo<br />

<strong>de</strong>recho a percibir una pensión <strong>de</strong> la Seguridad Social, pero con una penalización porcentual por cada año que le que<strong>de</strong><br />

hasta cumplir los 65 años. Por su parte, la prejubilación tiene lugar cuando el trabajador no tiene <strong>de</strong>recho a percibir<br />

pensión alguna <strong>de</strong> la Seguridad Social porque en el momento <strong>de</strong>l cese <strong>de</strong> su actividad laboral no tenía la edad requerida.<br />

En general, cuando un trabajador aceptaba esta medida, podría disfrutar según en el supuesto en que se encontrara, en<br />

alguna <strong>de</strong> las siguientes modalida<strong>de</strong>s: In<strong>de</strong>mnización por parte <strong>de</strong> la empresa y/o compromiso <strong>de</strong> futuro, prestación por<br />

<strong>de</strong>sempleo o subsidio por <strong>de</strong>sempleo.<br />

En este supuesto, generalmente se llegaba a un acuerdo entre la empresa y los sindicatos, mediante un Expediente <strong>de</strong><br />

Regulación <strong>de</strong> Empleo (ERE) o plan <strong>de</strong> prejubilación, para establecer una in<strong>de</strong>mnización para el trabajador. La empresa<br />

pue<strong>de</strong> o no pagarle la Seguridad Social hasta su jubilación. En otros casos, el trabajador que se queda sin trabajo pasa, en<br />

primer lugar, a percibir el subsidio <strong>de</strong> <strong>de</strong>sempleo durante dos años y, posteriormente, un seguro <strong>de</strong> <strong>de</strong>sempleo acordado<br />

con la empresa hasta cumplir los 61 años para po<strong>de</strong>r jubilarse y tener una pensión.<br />

A principios <strong>de</strong>l año 2009 se estimaba que alre<strong>de</strong>dor <strong>de</strong> un millón doscientas mil personas estaban afectadas por<br />

prejubilaciones forzosas en España, prejubilaciones que suponen un <strong>de</strong>spilfarro <strong>de</strong> habilida<strong>de</strong>s y saberes como, por otro<br />

lado, lo suponen para las jubilaciones forzosas <strong>de</strong> ciertos profesionales, particularmente en el ámbito <strong>de</strong> la creación, la<br />

investigación o la transmisión <strong>de</strong> conocimientos.<br />

A pesar <strong>de</strong> la entrada en vigor <strong>de</strong> la Ley <strong>de</strong> Jubilación Gradual y Flexible, a pesar <strong>de</strong> las recomendaciones <strong>de</strong>l Pacto <strong>de</strong><br />

Toledo, <strong>de</strong> la Unión Europea y <strong>de</strong> las directrices que marcaba la II Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento, a pesar<br />

<strong>de</strong> todos los estudios nacionales e internacionales sobre los sistemas <strong>de</strong> protección social que inci<strong>de</strong>n en la necesidad <strong>de</strong><br />

mantener a los trabajadores en el mercado laboral el mayor tiempo posible, las jubilaciones anticipadas se convirtieron<br />

en los últimos años <strong>de</strong>l pasado siglo y en los primeros <strong>de</strong>l presente, en una opción frecuentemente empleada por las<br />

empresas para reducir sus plantillas sin conflicto. En el año 2012 las jubilaciones anticipadas representaros en 42% <strong>de</strong> las<br />

jubilaciones registradas.<br />

Las prejubilaciones han sido un procedimiento cada vez más frecuente para reducir costes, rejuvenecer las plantillas,<br />

amortizar puestos <strong>de</strong> trabajo o solventar situaciones <strong>de</strong> crisis como la que vivimos actualmente.<br />

La diferencia con otros países <strong>de</strong> occi<strong>de</strong>nte ha estado en que mientras que en ellos se reconocía la existencia <strong>de</strong> la crisis<br />

económica y se tomaban medidas, en España el gobierno <strong>de</strong> José Luis Rodríguez Zapatero no sólo no las reconocía, sino que<br />

incluso la ha negado y ha tildado <strong>de</strong> falaces y antipatriotas a quienes hacían referencia a tal situación. Era un tiempo preelectoral.<br />

Una <strong>de</strong> esas medidas que en diferentes países <strong>de</strong> Europa empezaron a adoptarse ha sido la <strong>de</strong> retrasar la edad <strong>de</strong> jubilación,<br />

a la cual España se ha sumado más recientemente, limitando primero el recurso a las prejubilaciones y prolongando<br />

voluntariamente la vida laboral más allá <strong>de</strong> la edad legal <strong>de</strong> jubilación y proponiendo, <strong>de</strong>spués, que esta prolongación<br />

tenga carácter forzoso con aplicación paulatina y progresiva hasta los 67 años. Esta medida ha entrado en vigor en enero<br />

<strong>de</strong>l año 2013. Pero, por otra parte, se mantenía la obligatoriedad <strong>de</strong> la jubilación forzosa a <strong>de</strong>terminadas eda<strong>de</strong>s.<br />

Como consecuencia <strong>de</strong> lo establecido en el Real Decreto-Ley 5/2013, <strong>de</strong> 15 <strong>de</strong> marzo, por lo que se refiere a las jubilaciones<br />

anticipadas, la voluntaria solamente podrá solicitarse dos años antes <strong>de</strong> cumplir la edad legal <strong>de</strong> jubilación vigente en cada<br />

ejercicio, es <strong>de</strong>cir, 63 años y un mes para 2013, que se irá aumentando <strong>de</strong> manera progresiva, hasta alcanzar los 65 años<br />

en 2027, año en el que la edad legal <strong>de</strong> retiro alcanzará los 67 años en virtud <strong>de</strong> la última reforma <strong>de</strong> las pensiones, con<br />

un mínimo <strong>de</strong> 35 años cotizados, en tanto que la forzosa podrá a<strong>de</strong>lantarse como máximo cuatro años con una cotización<br />

mínima <strong>de</strong> 33 años.<br />

Más fácil lo tendrán quienes <strong>de</strong>seen hacer compatible su pensión <strong>de</strong> jubilación con un trabajo por cuenta propia o ajena,<br />

para lo que se precisa haber alcanzado la edad legal <strong>de</strong> jubilación y haber adquirido el 100% <strong>de</strong> la base reguladora.<br />

Quienes opten por esta modalidad percibirán el 50% <strong>de</strong> su pensión y el salario que obtengan por seguir en activo, que en<br />

el caso <strong>de</strong> los funcionarios únicamente podrá provenir <strong>de</strong> una empresa privada.<br />

Crisis económica y jubilación<br />

De una etapa <strong>de</strong> bonanza económica se ha pasado a una fuerte recesión y las consecuencias <strong>de</strong>l elevado nivel <strong>de</strong> <strong>de</strong>sempleo<br />

se han <strong>de</strong>jado sentir en las afiliaciones a la Seguridad Social. Diversos países <strong>de</strong> Europa, como ya ha quedado expresado,<br />

han acometido ya algunas reformas tales como poner freno a las prejubilaciones, el retraso en la edad <strong>de</strong> jubilación o<br />

el aumento <strong>de</strong>l periodo para el cálculo <strong>de</strong> la pensión. Finlandia y Dinamarca han optado por incentivar la prolongación<br />

<strong>de</strong> la vida laboral y han retrasado la edad <strong>de</strong> la jubilación hasta los 67 años, medidas que pue<strong>de</strong>n tener importantes<br />

repercusiones en el gasto y a las que también se ha sumado Alemania. Bélgica ha <strong>de</strong>cidido en el año 2009 el aumento <strong>de</strong><br />

la edad <strong>de</strong> jubilación <strong>de</strong> las mujeres <strong>de</strong> los 63 a los 65 años, siguiendo intacta la <strong>de</strong> los hombres en los 65 años <strong>de</strong> edad.<br />

En el año 2010 Francia ha aprobado el aumento <strong>de</strong> la edad <strong>de</strong> jubilación <strong>de</strong> los 60 a los 62 años y <strong>de</strong> 65 a 67 para quienes<br />

no hayan cotizado el tiempo pertinente, en medio <strong>de</strong> importantes protestas con huelgas y manifestaciones no exentas <strong>de</strong><br />

una notable violencia.<br />

CRISIS Y CAMBIO: PROPUESTAS DESDE LA SOCIOLOGÍA<br />

XI Congreso Español <strong>de</strong> Sociología (FES)

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