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WILLIAMS, George H. (1979) La Reforma Radical, Harvard University, Massachusetts (1)

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espirituales" y también sacerdotes, y esto ocurre "lo mismo con nosotros que con nuestros<br />

hermanos espirituales".754 Por la virtud de esta última función conferida en el bautismo, el<br />

cristiano está autorizado a orar por sí mismo y por los demás eficazmente, como intercesor ante<br />

el trono de la gracia. En la Restitución de Juan de Campen, la sección sobre el bautismo va<br />

seguida inmediatamente de la sección sobre la oración.<br />

d) Miguel Servet<br />

En una teología bautismal completamente diferente, la de Miguel Servet, encontramos la<br />

separación estricta entre las dos leyes, característica de los hermanos suizos, y encontramos<br />

también la intensidad escatológica y experiencial de los anabaptistas de la Alemania del Sur y de<br />

Austria, en la línea de Denck y Hut. Pero en ella, además, se insiste mucho en la transformación<br />

física operada en la inmersión y regeneración de los adultos, transformación cuya finalidad es<br />

deifícadora. Quizá pueda parecer que no es éste el momento adecuado para hablar de la teología<br />

bautismal deificatoria de Servet. <strong>La</strong>s obras del período aisaciano que de él nos han llegado se<br />

refieren a la doctrina de la Trinidad, pero fue en Estrasburgo donde pudo observar el tremendo<br />

despertar del interés por el bautismo de los creyentes y donde él lo hizo suyo; y sabemos que en<br />

1532 dirigió a Bucer una carta (desconocida hasta ahora) sobre el bautismo y sobre la<br />

eucaristía.755 En todo caso, escribió sobre la cuestión del bautismo en una obra de hacia 1540,<br />

Declarationis Jesu Christi fili Dei libri V.756 De su Restitutio Christianismi, aún más tardía<br />

(1553), puede en verdad decirse que es una teología bautismal completa, a partir del hombre<br />

Jesucristo, Hijo de Dios, bautizado por Juan. Servet acabará por ser condenado a muerte a causa<br />

de dos crímenes que el Código de Justiniano castigaba con la pena capital: el anabaptismo y el<br />

rechazo de la doctrina nicena de la Trinidad. Por lo tanto, no será inadecuado presentar sus ideas<br />

en esta exposición sistemática de teorías bautismales, aunque tengamos que acudir a la obra de<br />

1553 en busca de una parte de nuestros materiales.<br />

Servet distingue categóricamente entre el bautismo de Juan y el bautismo de Cristo.<br />

Sostiene "que la eficacia toda del bautismo depende del poder de la resurrección de Cristo", y<br />

"que el bautismo de Juan ha desaparecido con la Ley",757 aduciendo como prueba el rebautismo<br />

de los discípulos de Juan en los Hechos de los Apóstoles, 19:5. Antes de la muerte y resurrección<br />

de Cristo, los apóstoles mismos eran a modo de catecúmenos, como lo son ciertamente -continúa<br />

Servet- todos los pedobaptistas de los tiempos actuales, que tienen sólo el lavado ceremonial y<br />

no la curación, ni la iluminación, ni la regeneración experiencial de lainmersión de los creyentes<br />

con Cristo y de su emersión con Cristo. Servet derivó su doctrina del bautismo redentor, o sea<br />

deificador, de un pasaje de los Hechos de los Apóstoles, 13:3 3: la filiación mesiánica (real) de<br />

Cristo fue pronunciada en el momento de su ascensión, tal como su filiación mediadora<br />

(sacerdotal) había sido anunciada en su bautismo sobre las aguas del Jordán.<br />

754 Ibid., pp. 241-242.<br />

755 Krebs y Rott, Elsass, I (QGT, VII), núm. 329.<br />

756 Este libro ha sido identificado por Stanislas Kot, en su contribución al volumen colectivo Autwr de Michel Servet et de<br />

Sebastian Castellion, editado por Bruno Becker, Haarlem, 195á, como obra de Servet. No se ha editado aún. En esa<br />

contribución, pp. 113-116, Kot da lo encabezados de las secciones, uno de los cuales es "De baptismo aquae et spíritu".<br />

757 Restitutio Christianismi (1553), reimpresión de Nuremberg, 1790, p. 492; y traducción 'emana de B. Spiess,<br />

Wiederherstellung des Christentums, 2 a ed. (tres volúmenes en uno), Wiesbaden, 1895-1896, vol. II, p. 214. En adelante,<br />

citaremos primero la ed. de Nuremberg y lle g(.>, entre paréntesis, la traducción alemana. (<strong>La</strong>s dos son obras raras.) <strong>La</strong> reciente<br />

tra- d ucción española de A. Alcalá y L. Bekés, Madrid, 1980, está ilustrada con 2 300 notas.

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