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WILLIAMS, George H. (1979) La Reforma Radical, Harvard University, Massachusetts (1)

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<strong>La</strong> primera expresión formalizada de una convicción anabaptista en cuanto al divorcio<br />

aparece en estrecha conexión con la Confesión de Schleitheim, de 1527 (cap. viii.l), en un<br />

opúsculo anónimo sobre ese asunto, escrito posiblemente por Miguel Sattler en el mismo año de<br />

1527.1167 Los puntos básicos que ahí se tratan son la permanencia de la alianza matrimonial<br />

llevada a cabo dentro del conventículo de los fieles, la primacía de la obligación del creyente<br />

para con Cristo sobre la obligación para con el cónyuge, el adulterio como único motivo para el<br />

divorcio, la transmisión del pecado de fornicación a la persona que se case, a sabiendas, con un<br />

fornicario, y la sanción implícita del rematrimonio por parte del cónyuge inocente en los casos de<br />

divorcio, íntimamente relacionada con la imagen esponsalicio-nupcial de la alianza anabaptista,<br />

aparece en este tratadito la convicción de que el adulterio puede existir en el nivel espiritual, y de<br />

que el matrimonio contraído en el nivel humano puede disolverse si está en pugna con las<br />

obligaciones del matrimonio espiritual:<br />

El matrimonio espiritual, o sea la obligación para con Cristo, hecha de fe, de amor y de<br />

obediencia a Dios..., está por encima del matrimonio terrenal, y primero debe ser abandonado el<br />

compañero terrenal que el compañero (Gemahel) espiritual. Si a una persona en estas<br />

circunstancias no la liberamos del lazo del matrimonio, estamos preocupándonos más de las<br />

obligaciones y deudas terrenales que de las espirituales, y olvidando aquello que está escrito: "El<br />

que ama padre o madre, mujer o hijo más que a mí, no es digno de mí" [cf. Mateo, 10:37].1168<br />

El anónimo opúsculo suizo propone el divorcio entre el creyente y el no creyente, pero<br />

sólo en caso de que el no creyente sea un impedimento para la fe y las obligaciones del creyente.<br />

En Münster, los seguidores de Rothmann, que veían en el matrimonio una imagen de la relación<br />

de Cristo con su iglesia, o sea la comunidad de sus fieles, podían concebir muy bien a un Cristo<br />

con muchas esposas y, por lo tanto, a cada marido con muchas mujeres. Pero como el<br />

matrimonio plural estaba también estrechamente relacionado con la fe, el matrimonio de<br />

creyentes con no creyentes no era verdadero matrimonio, sino algo equivalente a adulterio, que<br />

en consecuencia debía ser anulado por una rígida disciplina comunal.<br />

<strong>La</strong> base bíblica de las severas reglamentaciones münsteritas y también mennonitas<br />

respecto a la separación y el divorcio era el capítulo 10 del libro de Esdras, donde los israelitas<br />

que han vuelto tras muchos años de destierro deciden, a propuesta de Esdras, romper todos los<br />

matrimonios con "mujeres extranjeras".<br />

Para Dietrich Philips, naturalmente, todos los no mennonitas, inclusive otros anabaptistas<br />

formalmente excomulgados o que no están en comunión con ellos, son "extranjeros", y es en este<br />

contexto tan rígido donde prohibe los matrimonios mixtos:<br />

Si esas alianzas matrimoniales impuras y esos matrimonios mixtos entre los hijos de Dios<br />

y los incrédulos no podían continuar bajo el imperfecto orden de cosas de la Ley, ¿cómo podrían<br />

continuar ante Dios y su iglesia bajo el perfecto orden de cosas de la era cristiana del Evangelio?<br />

Medite y considere cada uno esta pregunta.1169<br />

Pero en contra del precepto de Esdras de apartarse de las "mujeres extranjeras", aplicado<br />

aquí por Dietrich Philips a los no mennonitas, se levantaban, en el Nuevo Testamento, el<br />

1167 John C. Wenger, "Concerning Divorce: A Swiss Brethren Tract on the Primacy of Loyalty to Christ and the Right to Divorce<br />

and Remarriage", MQR, XXI (1947), passim.<br />

1168 Ibid., pp. 118-119. Se está hablando en ese lugar del matrimonio entre creyentes y no creyentes.<br />

1169 Philips, Enchiridion, p. 358.

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