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WILLIAMS, George H. (1979) La Reforma Radical, Harvard University, Massachusetts (1)

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venían dando pruebas los reformadores de Estrasburgo, y que en la práctica significaba mantener<br />

a los suizos lo más cerca posible de los sajones.1427 <strong>La</strong> ordenanza eclesiástica de Berna,<br />

compuesta de veinticuatro artículos, redactada principalmente por Capitón y promulgada como<br />

resultado del sínodo, era conservadora desde el punto de vista litúrgico, y sin embargo ostentaba<br />

no pocos rasgos espiritualistas que indudablemente reflejaban las simpatías de Capitón por las<br />

ideas de Schwenckfeld, Servet y otros varios pensadores independientes con quienes muy poco<br />

antes había estado conversando en Estrasburgo. En cuanto a la relación entre bautismo y<br />

circuncisión, es interesante observar que Capitón indujo al sínodo de Berna a aceptar<br />

implícitamente la posición de los anabaptistas, puesto que no quedó consignada esa equiparación<br />

de los dos ritos a pesar de haber sido aprobada por hombres como Zwinglio, Bullinger y Bucer.<br />

Además, el sínodo declaró categóricamente que el bautismo de los infantes era un mero signo de<br />

la promesa que debería cuajar progresivamente mediante la educación cristiana del bautizando en<br />

el seno de la congregación.<br />

A pesar del silencio que guardó en cuanto a la doctrina de la Trinidad, a pesar de su<br />

fuerte insistencia en el papel clarificador y santifícador del Espíritu Santo, y a pesar también de<br />

las modificaciones que introdujo en la teología bautismal, la ordenanza eclesiástica de Berna -<br />

que, por lo demás, debe ser vista en el contexto pan-protestante de urgencia unionista a raíz de la<br />

segunda Paz de Cappel- tuvo como efecto consolidar el propósito de las autoridades de conjurar<br />

la amenaza del separatismo sectario. De acuerdo con este propósito, el ayuntamiento de Berna<br />

decidió celebrar un coloquio en toda forma con los anabaptistas.1428 Bien valía la pena hacer un<br />

gran esfuerzo para atraer el mayor número posible de anabaptistas a este coloquio y convencerlos<br />

de la necesidad de someterse a la iglesia oficial, como integrantes de un cantón uniformemente<br />

reformado. Sin su colaboración, el gobierno de Berna podría encontrarse en una situación muy<br />

delicada frente a los cantones que seguían siendo ardientemente católicos. Para garantizar la<br />

asistencia y el juego limpio, se ofreció salvoconducto a todos los anabaptistas que participaran en<br />

la disputa. Ésta, por lo demás, había de celebrarse fuera del territorio bernés, en Zofingen (ciudad<br />

del condominio del Aargau, administrado conjuntamente por Berna y por otros cantones), a fin<br />

de que los disidentes pudieran sentirse especialmente seguros. Por esa misma razón se decidió no<br />

invitar a ningún reformador magisterial que no fuera residente de Berna, ni siquiera a Bullinger:<br />

no fueran a decir los anabaptistas que la iglesia reformada sólo podía disputar con ellos haciendo<br />

venir desde grandes distancias a sus más eruditos polemistas. <strong>La</strong> disputa, iniciada en 1° de julio<br />

de 1532, duró hasta el día 9.<br />

Aunque Bullinger se vio impedido de participar en ella, colaboró sustancialmente con<br />

unos consejos que dio por carta. Les dijo a sus colegas que la mitad de la batalla, tratándose de<br />

una discusión con anabaptistas, consistía en establecer un procedimiento metódico y ordenado,<br />

en limitar la disputa a una sola cuestión a la vez, y en cuidarse de no perder de vista el tema<br />

principal, enredándose en temas accesorios.1429 Era necesario-les dijo también- lograr que<br />

desde un principio aceptaran los anabaptistas la autoridad de la Biblia entera, la del Viejo<br />

Testamento lo mismo que la del Nuevo, sin que hubiera el menor desdén por el primero.<br />

Bullinger adujo gran número de textos y argumentos para demostrar que la autoridad del Viejo<br />

Testamento no había sufrido desmedro alguno, pero no refutó satisfactoriamente el punto de<br />

1427 Sobre la participación de Capitón en el sínodo, véase Strasser, Capaos Beziehungen z« Bern, pp. 67-121.<br />

1428 Véase Heinold Fast y John H. Yoder, "How to Deal with Anabaptista", MQR, XXXIH (1959), 83-95.<br />

1429 Bullinger a Haller, Qijomodo agendum et disputandum sit cum Catabaptistis, documento traducido al inglés en el lugar citado<br />

en la nota anterior.

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