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Tratado De Derecho Penal - Parte General - Tomo III

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gloxvr~~. En ese texto desaparecen la herejía y la blasfemia, el falso<br />

testimonio se trata como delito contra derechos ajenos, los delitos "contra<br />

la moral", dejan de ser un grupo independiente y pasan a ser considerados<br />

tales siernpre que impliquen una lesión a derechos ajenos48. <strong>De</strong><br />

este tronco deriva nuestra legislación penal, que encuadra perfectamente<br />

con la elocuente expresión del art. 19 de la Constitución Nacional.<br />

En parecida corriente de pensamiento, afirmaba 'Carrara que "durante<br />

cuarenta siglos la idea del jue pun28nái fue sometida a las alternativas<br />

de tres principios: el principio individual (venganza privada),<br />

el principio ~upersticioso (venganza divina) y el principio despótico (autocracia<br />

soberana). La historia del derecho penal está signada por la prevalencia<br />

alterna de uno u otro de estos principio~"~8. Agregaba que "el<br />

principio supersticioso se convierte modernamente en el principio moral<br />

y, en tanto que el viejo trataba de convertir los pecados en delitos, el<br />

nuevo trata de convertir en delitos los vicios"50. Rotundamente afirmaba:<br />

"Cuando una criatura humana no ha atentado al derecho de otra,<br />

hay razón para exigir que no se atente contra su personalidad; y de<br />

gritarle injusta a la mano, cualquiera que sea, que pretenda golpearla"<br />

"Fundamento del jus puniendi es la tutela jurídica, siendo consecuencia<br />

necesaria de esta idea que, donde no hay violación de derechos, no puede<br />

la espada de la justicia baljar sus golpes" 52.<br />

Es lanientable que esta línea clara de pensamiento, trazada por an.<br />

tiguos autores italianos, sea desvirtuada por aatores contemporáneos.<br />

cuyo pensamiento ail respecto es bastante desconcertante. Así, Nuvolone<br />

sostiece recientemente que puede imponerse una moral "tutelando ciertOs<br />

valores". Así, afirma que la pornografía y la prostitución son "delitos sin<br />

víctima". Sostiene que la teoría del "delito sin víctima" se funda en una<br />

petición de principio:

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