06.06.2018 Views

Tratado De Derecho Penal - Parte General - Tomo III

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

CAP~TULO XVI<br />

LA CONDUCTA COMO CARÁCTER GENÉRICO<br />

PARA TODAS LAS FORMAS DE TIPICIDAD<br />

1. - LOS TIPOS PENALES INDIVIDUALIZAN CONDUCTAS: 244. Los tipos<br />

penales individualizan conductas. 11. - TIPOS DOLOSOS Y CULPOSOS:<br />

245. Finalidad y dolo. 246. Finalidad y dolo eventual. 247. La<br />

culpa. 111. -TIPOS ACTIVOS Y TIPOS OMISIVOS: 248. La omisión a<br />

nivel pretípico no existe. 249. La exteriorización de la omisión y el<br />

~liud agere (otro Iincer). 250. La causalidad en las omisiones.<br />

1.V. - S:NTESIS: 251. Síntesis.<br />

1. - LOS TIPOS PENALES INDIVIDUALIZAN CONDUCTAS<br />

-.<br />

2.44. Los tipos penaIes individualizan conductas. Nos hemos<br />

visto precisados a tratar algunos aspectos típicos para deslindar la<br />

conducta de su característica exclusivamente penal (tipicidad), y<br />

aquí nos xernos ~recisados a insistir en ello, por dos razones fundamentales:<br />

12 primerrr, porque hav un importante sector doctrinario<br />

que pretende que tales aspectos son parte de la conducta; la segunda,<br />

porque también Ea\. otro sector doctrinario que considera que la<br />

concluctn en sentido finalista (el concepto ónticu-ontológico de la<br />

acción) es incapaz de ser la base sustentadora de todas las nwhlidudes<br />

tii~icas. Nos ocuparemus aquí de la segunda posición, para<br />

demostrar lo contraiio.<br />

Nuestro criterio, sintéticamente, es que el concepto óntico-ontológico<br />

de acción (la acción en sentido final) es respetado por el<br />

orden jurídico, que como tal la individualiza en los tipos penales,<br />

presentándose como el género avalorado sobre el que las características<br />

valorativas (tipicidad, actijuridicidad y culpabiIidad) delímitarán<br />

el concepto de delito al adjetivarla. Tanto en los delitos dolosos<br />

corno en los culposos, en los activos como en los ornlsiws, lo que la<br />

le?! prohibe (en los tipos) es una conducta final: "dolo" t, "culpa" no<br />

son formas de culpabilidad; "actividad" y "om~'n" tampoco son<br />

forma de la conducta, sino que se trata de cuatro diferentes forma<br />

de tipicidad, que responden a otras tantas formas estrrccturales dis-

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!