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Tratado De Derecho Penal - Parte General - Tomo III

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<strong>De</strong> toda forma, este es el supuesto no problemático -o menos<br />

problemátic~ del dolus generalis, es decir, cuando el resultado<br />

se adelanta dentro del devenir fáctico programado. Aquí la problemática<br />

del dolus generalis no excede el marco de la cuestión<br />

general acerca de la esencialidad d~l error en cuanto a la separación<br />

del curso causal respecto de lo planeado. Pero el supuesto<br />

más complicado y discutido es el de quien alcanza el resultado en<br />

un segundo acto, es decir, cuando ya creía haberlo logrado.<br />

Los comunes ejemplos que se dan son los siguientes: un sujeto<br />

cree que ha dado muerte a su víctima y para ocultar el hecho la<br />

arroja al agua, donde muere ahogada lG7; un sujeto cree que ha dado<br />

muerte a la víctima y la cuelga para simular un suicidio, muriendo<br />

ésta ahorcada lG8.<br />

El ~roblema que se plantea es la determinación del dolo, que<br />

sc resuelve según consideremos que se trata de una sola conducta<br />

que, en los ejemplos. abarca la ocultación del hecho, o si se trata<br />

de dos conductas diferentes. Conforme a la primera solución sería<br />

un dolus generalis comprensivo de la totalidad de la conducta y,<br />

por ende, debemos concluir que nos hallamos en presencia de un<br />

homicidio consumado. En la segunda solución debemos considerar<br />

que existen dos conductas: tentativa de homicidio en concurso real<br />

(art. 55) con homicidio ctilposo.<br />

Creemos que cualquiera de las soluciones no se puede dar<br />

aprorísticamente, sino averioiiando en el cav~ si cyictií, o r1n el dnlri~<br />

generalis que abarcara la totalidad de conducta: de haber existido<br />

habría existido una sola conducta dolosa, de no haberlo se tratará<br />

de un concurso real de tentativa con delito culposo, si la conducta<br />

está así tipificada. En los ejemplos dados, si desde el comienzo de<br />

la conducta se concibió matar y ocultar, estaremos frente a un delito<br />

consumado, siendo indiferente que el resultado se haya producido<br />

en otro de los momentos de la unitaria programación de la causalidad.<br />

En lugar si la idea de ocultar surge cuando cree que se consumó<br />

la muerte, habrá una nueva progran~ación, una nueva conducta<br />

y, en tal caso, un concurso lG9.<br />

lW WELZEL, 74; JESCIIECK, 252; RUDOLI><strong>III</strong>, 116; 11.1~-R~CII. 082: SCHULTZ,<br />

1, 1.37.<br />

'"3 JESCHECK, ídem; ~IA~RACH. ídem.<br />

16Wfr. JESCIIECK, IOC. cit.; \\'EZ.ZEL, itl~in: D:>rrs.s. Aiifbnii, 18: 1,rsz~-<br />

SCH~ITDT, 1927, 252 (nota 7); HIPPEL, 11, 337; SC~~~)S~E-SCH~~ODE~I,<br />

1969, 4.59;<br />

MAYER, H., 1953, 249; del iiiismo, Dos Problem tlcr sogennonten t1olir.s genernlis,<br />

en JZ, 1956, 109-112; SC~I\IIDHAUSEH, 317; B-~UAIASN, 401; SCIIWARTS,<br />

OTTO-DREEIER, EDCAIID, StGB, 1968, 3lGiiclieri, 267; ST~IATES\YEIITII, 101;<br />

RUDOLI'<strong>III</strong>, 116.

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