06.06.2018 Views

Tratado De Derecho Penal - Parte General - Tomo III

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Dada la forma en que hemos caracterizado a la conducta, cabe<br />

formular una advertencia: parecería que nuestra conceptuación rechaza<br />

cualquier explicación de la conducta humana de corte psicoanalítico, quedándonos<br />

en un plano que parece más próximo al del conductismo o<br />

similar-. En rigor no es eso lo que afirmamos. Nadie puede negar -ni<br />

aún las escuelas psicoanalíticas- que hay conductas manifiestas, frente<br />

a las cuales cada corriente aspira a interpretarlas desentrañando los reales<br />

e inconscientes motivos y fines. Lo que sucede no es que nuestra<br />

posición cierre o pretenda negar esas posibilidades de interpretación. sino<br />

que sólo nos manejxnos con las llamadas conductas manifiestas, puesto<br />

que lo contrario se nos hace totalmente inútil para la determinación de<br />

la presencia de un delito. El desentrañar la conducta "real" psicoanalíticamente<br />

es útil como medio de terapia, pero no para afirmar o negar<br />

un delito, plano en el que sólo poden~os movernos con los fines y motivos<br />

conscientes. En tanto que los fines conscientes pertenecen al injusto,<br />

los motivos conscientes pertenecen a la culpabilidad y lcs inconscientes<br />

pueden sólo tomarse en cuenta a nivel de teoría de la coerción penal<br />

a los efectos de la individualización de la pena.<br />

IV. - iHAY ELEMENTOS DE LA CONDUCTA?<br />

241. Lo óntico y lo analítico. En rigor, cuando se hace referencia<br />

a "elementos de la conducta", no se puede significar otra<br />

cosa que una dicotomía meramente analítica. La conducta no ofrece<br />

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!