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Tratado De Derecho Penal - Parte General - Tomo III

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acepta la posibilidad de la producción o, inversarnente, cuando no<br />

confía en que no se produzca 228. La prostituta que se sabe afectada<br />

por dolencia venérea en período de contagio, puede aceptar la posibilidad<br />

de contagiar y tener una relación sexual, o bien confiar<br />

en que mediante unos lavajes este resultado se evite. En este último<br />

caso no habrá dolo.<br />

Cabe advertir que lo que el autor debe aceptar es la posibilidad<br />

del resultado o el result.ado en tanto posible, no el resultado en<br />

sí, porque en tal caso hay dolo directo.<br />

El caso de los mendigos rusosZ2Qsirve para aclarar este concepto.<br />

Se trata de unos mendigos que mutilaban niños para excitar la compasión.<br />

Dadas las características de las mutilaciones, algunos niños morían<br />

como consecuencia de ellas. Por supuesto que de saber los mendigos que<br />

esos niños morirían no les hubiesen mutilado, pues muertos no les servían,<br />

o sea que ellos no aceptaban el resultado, pero sabiendo que podían<br />

morir, llevaban adelante su conducta aceptando la posibilidad de la producción<br />

del resultado2:JO. Distinto es si hubiesen confiado seriamente en<br />

evitarlo. En tal caso el resultado hubiese sido imputable y en nuestro<br />

sistema se hubiese resuelto como homicidio preterintencional.<br />

El sujeto que tiene relaciones con una inenor de 15 años sin preo.<br />

cuparle la edad de la menor, en realidad no dese2 que la menor tenga<br />

menos de 1.5 afios, circunstancia que quizá le es indeseable por conocer<br />

que le pueae aczrrear posteriores problemas, pero en su actuar sin preocuparse<br />

por la edad está aceptando plenamente esta posibilidad (distinto<br />

es el caso del que tiene motivos para suponer que tiene 15 años o más,<br />

pues se trata de un error de tipo que, aunque fuere vencible, deja atípica<br />

la conducta, ya que no hay estupro culposo).<br />

<strong>De</strong> este modo, contar con la posible producción de1 resultado y<br />

confiar en que el resultado no se produzca son dos conceptos excluyente~<br />

y complementarios, que marcan el límite entre el dolo y la<br />

culpa con representación. "Contar con la posible produccibn del resultado"<br />

significa tener en cuenta una seria posibilidad de realizaciGn<br />

y no una remota probabilidad. "Es más que una simple posibilidad<br />

y menos que una certeza absoluta"2s1, que requiere "que<br />

el autor tome seriamente en cuenta el peligro", "que estime como<br />

relativamente alto el riesgo de realización del tip~""~. Los casos<br />

""fr. WELZEL, 67.<br />

-'"LOFFLER, ALEX.WDER, Die Schuldfonnen des Strafrechts, Leipzig, 1895.<br />

xiU Distintas soluciones al caso en MEZCER, Lehrbuch, 1949, 347-8;<br />

~~EZGER-BLEI, 185; GROSSXIANN, HANS, Die Grenze von Vorsatz und Fahrl¿issikgeit,<br />

Hamburg, 1924, 78; JII\V?NEZ DDL AsÚA, <strong>Tratado</strong>, V, 23 ed., 625.<br />

2" WELZEL, 68.<br />

Cfr. JESMEQ(, 242; STRATENWERTH, Doltis e~entuolis und beu;iisste<br />

Fahrliissigkeit, en ZSt W, 1959, 51-71.

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