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Tratado De Derecho Penal - Parte General - Tomo III

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LOS TIPOS OMISIVOS 479<br />

peden ser). Aquí el principal argumento de Armin Kaufmann para<br />

negar el dolo es que no hay finalidad porque no hay causalidad,<br />

porque la causalidad en la omisión es meramente "potencial". y<br />

como la finalidad es la dirección de la causalidad no puede haberla<br />

'". Que la finalidad no es dirección de la causalidad es evidente,<br />

porque la finalidad se manifiesta en proponerse un fin, pero<br />

dejando esto de lado, toda vez que nos Estamos refiriendo a tipos<br />

con resultado material, veamos cuál es el problema.<br />

A nuestro entender el resultado se produce por una causa, de<br />

nodo que lo que falta no cs caiisalidad sino, la causación del resultado<br />

por la acción realizada. El tejer calcetines no mata. Ello es<br />

cierto, pero ya vimos que en los tipos omisivos no se requiere este<br />

nexo, sino un equivatente típico. Así como 'en los delitos de pura<br />

actividad el legislador se desinteresa por la precisión de la causación<br />

y del resultado material, en los tipos omisivas, el legislador<br />

también se desinteresa por la causación v el resultado de la acción<br />

realmente realizada y agrega al tipo un "equivalente".<br />

Pero de toda forma hay una cadena causal, aunque no se cri-<br />

~gina en ninguna acción del sujeto activo, sino en otro hecho o acto<br />

que no viene al caso. Hay tina causalidad física que provoca el<br />

resultado físico. Ella es parte de la llamada "situación típica", de<br />

modo que el dolo requiere que el sujeto activo la cmozca, va que<br />

pertenece al tipo objetivo. Con estos elementos, veamos si el tipo<br />

omisivo abarca o no una conducta final.<br />

En conocimiento de la situaci6n típica, el sujeto se propone<br />

,como fin el efecto querido (1) y a partir de allí, retrocediendo desde<br />

e] fin, selecciona los medios para que se produzca (2). Aquí es<br />

donde, conforme a su capacidad de previsión (general capacidad<br />

humana de previsión o especial conocimiento de la causalidad) se<br />

percata que dejando andar a la causalidad, el efecto se producirá.<br />

Para ello le es menester realizar una conducta que no sea la que<br />

interrumpa el curso de la causalidad (y que es la ordenada). Por<br />

ende debe realizar una conducta ~rohibida, que es tal porque tiene<br />

un fin distinto del ordenado (3), prevé la ausalidad (4) -que<br />

.a este efecto será generalmente indiferente- y la pone en mar-<br />

.cha (5).

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