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29<br />

Spilioupoulou observa que el relator distingue entre elementos objetivos y elementos<br />

subjetivos en su definición, donde los primeros se tratan de la inferioridad numérica, la posición<br />

no dominante, la nacion<strong>al</strong>idad de los miembros de la minoría y las características étnicas,<br />

religiosas y lingüísticas del grupo. Los elementos subjetivos vendrían a ser el sentimiento de<br />

solidaridad y la voluntad del grupo de preservar su cultura, tradiciones religión y lenguaje.<br />

Estos últimos cobran relevancia pues se destaca que debe ser el propio grupo el que afirme su<br />

vocación de preservación. Esta autora opina además que ambos criterios están interrelacionados<br />

y que, por ejemplo, a partir del elemento objetivo se puede inferir el elemento subjetivo pues se<br />

entiende que éste existe si el grupo preserva a través de sus prácticas cotidianas su identidad, su<br />

lenguaje, su cultura y su lengua. 50<br />

La Subcomisión sobre la Prevención de la Discriminación y Protección de las<br />

Minorías 51 presentó también una definición en 1985. Esta definición es muy similar a la del<br />

Relator Capotorti. A pesar de que en un principio la Subcomisión entendía por minorías sólo a<br />

los ciudadanos de un Estado, este criterio se fue abriendo cada vez más para incluir a<br />

extranjeros. El mismo relator Eide distingue entre grupos establecidos e inmigrantes recientes,<br />

y en su último informe utilizó términos como nuevas minorías o residentes en lugar del término<br />

ciudadanos. 52<br />

El Comité de Derechos Humanos también ha considerado a los grupos compuestos por<br />

inmigrantes como minorías. 53 Posteriormente, ha adoptado una postura aún más abierta: en la<br />

Observación Gener<strong>al</strong> Núm. 23, sobre el artículo 27 del Pacto Internacion<strong>al</strong> de Derechos Civiles<br />

y Políticos 54 el Comité dijo que no es necesario ser ciudadano ni residente permanente del<br />

Estado parte para ser reconocido como minoría para los efectos d el artículo 27. En ese sentido,<br />

el Comité reconoció estos derechos a los visitantes y a los trabajadores migrantes. El problema<br />

es que no queda claro que quiere decir con visitantes. La autora que seguimos para este análisis<br />

interpreta que podrían referirse a refugiados de hecho aunque no estén reconocidos con ese<br />

estatus o a miembros recién llegados de minorías asentadas. 55<br />

50 SPILIOPOULOU ÅKERMARK, Athanasia, Justifications of Minority Protection in Internation<strong>al</strong> Law,<br />

op. cit., pp. 89-90<br />

51 A partir de 1999 esta Subcomisión se llamó Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos<br />

Humanos<br />

52 SPILIOPOULOU ÅKERMARK, Athanasia, Justifications of Minority Protection in Internation<strong>al</strong> Law,<br />

op. cit., pp. 90 y 97. E/CN.4/Sub.2/1993/34<br />

53 Este criterio ha sido utilizado en los análisis de los Informes presentados por los Estados parte, por<br />

ejemplo tratándose del derecho <strong>al</strong> acceso a los medios de comunicación como parte del derecho <strong>al</strong> uso de<br />

la lengua minoritaria (SPILIOPOULOU ÅKERMARK, Athanasia, Justifications of Minority Protection<br />

in Internation<strong>al</strong> Law, op. cit., p. 146)<br />

54 Observación Gener<strong>al</strong> núm. 23(50), UN Doc. CCPR/C/21/Rev.1/Add.5<br />

55 SPILIOPOULOU ÅKERMARK, Athanasia, Justifications of Minority Protection in Internation<strong>al</strong> Law,<br />

op. cit., pp. 174-177

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