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70<br />

encontraron, dentro de las preocupaciones liber<strong>al</strong>es, reivindicaciones de los derechos de grupos<br />

minoritarios. Por ejemplo, en el liber<strong>al</strong>ismo del siglo XIX se hablaba en favor de las minorías<br />

nacion<strong>al</strong>es que existían en el interior del imperio austro-húngaro, y del otomano; y la defensa no<br />

consistía en la concesión de derechos individu<strong>al</strong>es a todos los ciudadanos, sino la concesión de<br />

poderes políticos a las naciones que integraban los imperios. 57<br />

El Congreso de Viena de 1815, por ejemplo, reconoció <strong>al</strong>gunos derechos a las minorías.<br />

Los diferentes movimientos de los pueblos europeos por su independencia hicieron también<br />

progresar la idea de las nacion<strong>al</strong>idades: el Congreso de Berlín liberó en 1878 Bulgaria,<br />

Montenegro, Rumania y Serbia de Turquía; después de las guerras b<strong>al</strong>cánicas (1912-1913), el<br />

Tratado de Londres de 1913 ratificó la independencia de Albania conforme el principio de<br />

nacion<strong>al</strong>idades, separada de los territorios europeos restantes del imperio otomano entre los<br />

estados b<strong>al</strong>cánicos. 58<br />

En ese período se reconocieron derechos de minorías, no sólo de tipo religioso, sino<br />

también derechos de los pueblos a elegir a sus gobernantes. Se planteó el principio de las<br />

nacion<strong>al</strong>idades para pueblos invadidos por otros 59 , sin embargo, no se puede decir que existiera<br />

una protección sistemática efectiva y, por tanto, un tratamiento plur<strong>al</strong>ista. El Derecho<br />

Internacion<strong>al</strong> era incipiente aún para ello.<br />

En el período que siguió a la Primera Guerra Mundi<strong>al</strong> se puede hablar ya de un de<br />

sistema que reconoció derechos a las minorías; éste es el que se formó en el seno de la Sociedad<br />

de Naciones.<br />

2.3.1.1. La Sociedad de Naciones<br />

Después de la primera guerra mundi<strong>al</strong>, los imperios de Europa centr<strong>al</strong> fueron<br />

parci<strong>al</strong>mente desmantelados, pero la delimitación de Europa tras esta guerra sólo dio un lugar<br />

limitado <strong>al</strong> derecho de los pueblos. El presidente Wilson, de los Estados Unidos de América,<br />

hacia elaborado unos “14 puntos para la paz” que incluían el principio de autodeterminación de<br />

57 KYMLICKA, Will, Ciudadanía multicultur<strong>al</strong>, op. cit. pp. 77-80<br />

58 Ver BOKATOLA, Isse Omanga, L’Organisation des Nations Unies et la protection des minorités.<br />

Bruselas, Établissements Émile Bruylant, Colección Organisation internation<strong>al</strong>e et Relations<br />

internation<strong>al</strong>es, 1992; pp. 95-96<br />

59 Ver BOKATOLA, Isse Omanga, L’Organisation des Nations Unies et la protection des minorités. op.<br />

cit., pp. 95-96

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