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532<br />

primeros pobladores de estas tierras y territorios, en virtud del principio de que ‘el<br />

primero en tiempo, es primero en derecho,’ en los cu<strong>al</strong>es se han asentado los Estados-<br />

Naciones.” 425<br />

En el texto “La autonomía: una forma concreta de ejercicio del derecho a la libre<br />

determinación y sus <strong>al</strong>cances”, 426 SER, entre otras cosas, reivindica una especi<strong>al</strong> interpretación<br />

del artículo primero común a los dos Pactos Internacion<strong>al</strong>es de Derechos Humanos en el sentido<br />

de que el derecho a la libre determinación “<strong>al</strong> serle reconocido a todos los pueblos, nosotros<br />

como pueblos indígenas también podemos reivindicar.” 427<br />

Proponen como características básicas de la libre determinación:<br />

a) La autoafirmación como derecho de un pueblo a proclamar su existencia y a ser<br />

reconocido como t<strong>al</strong>;<br />

b) La autodefinición, como facultad para determinar quiénes son los miembros que<br />

integran ese pueblo;<br />

c) La autodelimitación, es decir, el derecho a definir sus propios límites territori<strong>al</strong>es;<br />

d) La autoorganización, o sea el poder de un pueblo de procurarse su propio estatuto,<br />

dentro de un marco estat<strong>al</strong>; y<br />

e) “La autogestión, que expresa la facultad de un pueblo para gestionar sus propios<br />

asuntos, es decir, para gobernarse y administrarse libremente en el marco de su<br />

estatuto. 428<br />

Reconocen también que una forma de ejercer el derecho de libre determinación, es la<br />

autonomía y expresan que la autonomía “permite la expresión de la libre determinación interna<br />

de los pueblos y, por el contrario, no implica el ejercicio del derecho a la libre determinación<br />

externa, es decir, la facultad de establecer relaciones directas con otros estados de manera<br />

independiente”. De ahí que, –argumentan— autonomía no debe confundirse con soberanía,<br />

pues soberanía, para el derecho es una facultad única de los Estados que implica una potestad<br />

suprema de decisión en última instancia en todo lo concerniente <strong>al</strong> bien público. Por eso,<br />

425<br />

SER, Declaración de Tlahuitoltepec sobre los derechos fundament<strong>al</strong>es de las naciones,<br />

nacion<strong>al</strong>idades y pueblos indígenas de indolatinoamérica, cit., p. 56<br />

426 SER, “La autonomía: una forma concreta de ejercicio del derecho a la libre determinación y sus<br />

<strong>al</strong>cances”, Revista Chiapas, México, núm. 2, Era, UNAM, 1996<br />

427 SER, “La autonomía: una forma concreta de ejercicio del derecho a la libre determinación y sus<br />

<strong>al</strong>cances”, op. cit., p.1<br />

428 SER, “La autonomía: una forma concreta de ejercicio del derecho a la libre determinación y sus<br />

<strong>al</strong>cances”, op. cit., p. 1

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