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presentaron otros factores que de <strong>al</strong>guna u otra forma contribuyeron a las formaciones de<br />

Estados-nación, t<strong>al</strong>es como la movilidad interna que se originó con la revolución industri<strong>al</strong> y la<br />

emigración de zonas rur<strong>al</strong>es a urbanas haciendo crecer éstas últimas, el crecimiento también de<br />

las clases medias, y la escolarización obligatoria, entre otros.<br />

Con la Revolución Francesa y la Revolución Americana la ideología creciente burguesa<br />

y liber<strong>al</strong> coincide con la idea del monismo jurídico: un Estado homogéneo debe tener un sistema<br />

leg<strong>al</strong> único y homogeneizador, por tanto, la ley debe ser la ley del Estado, uniforme para todas<br />

las personas y debe ser administrada por un sólo aparato estat<strong>al</strong> de instituciones, así, otros tipos<br />

de ordenamientos normativos “menores”, deben estar subordinados a la ley y las instituciones<br />

del Estado.<br />

Este tipo de Estado que se pretende unificado en cuanto a identidades, religión, lengua,<br />

y cultura, también se identifica con la idea de sociedad civilizada y por tanto, las diferencias<br />

deben evitarse a toda costa dentro de un mismo Estado-nación. Se antepone la homogeneidad.<br />

Gran parte de la literatura en teoría política ha usado “un modelo ide<strong>al</strong>izado de polis en la que<br />

los conciudadanos comparten unos ancestros, un lenguaje y una cultura comunes. Aún cuando<br />

los propios especi<strong>al</strong>istas vivieron en imperios plurilingües que gobernaban numerosos grupos<br />

étnicos y lingüísticos, escribieron a menudo como si las ciudades-Estado cultur<strong>al</strong>mente<br />

homogéneas de la antigua Grecia proporcionasen el modelo esenci<strong>al</strong> o estándar de una<br />

comunidad política.” 10<br />

Ya no puede haber naciones diferentes del Estado. La “nación” se entiende entonces<br />

como “el pueblo propio de un Estado” 11 . No se concibe a la nación separada del Estado. Este<br />

“pueblo propio de un Estado” se entiende como un conjunto de ciudadanos despojados de sus<br />

particularidades que convienen, según las teorías contractu<strong>al</strong>istas, en expresar su voluntad<br />

gener<strong>al</strong>. Todos los ciudadanos son igu<strong>al</strong>es ante la ley establecida mediante esta voluntad<br />

gener<strong>al</strong>. No se admiten distinciones. Señ<strong>al</strong>a Habermas que, en la concepción moderna, el<br />

“Estado” es un concepto jurídico que concierne a un poder soberano tanto interna como<br />

externamente en un territorio definido y que comprende a la tot<strong>al</strong>idad de sus miembros. 12<br />

10 KYMLICKA, W., Ciudadanía multicultur<strong>al</strong>, trad. de Carme Castells Auleda, Barcelona, Paidós, 1996<br />

p. 14<br />

11 Esto es lo que Habermas llama Staatsvolk; ver HABERMAS, Jürgen. La inclusión del otro. Estudios de<br />

teoría política, op. cit., p.83<br />

12 HABERMAS, J. La inclusión del otro. Estudios de teoría política, trad. de Juan Carlos Velasco<br />

Arroyo, Barcelona, Paidós, 1999, p. 83

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