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los pueblos de la región, así como, si fuera el caso, la población no indígena. 167 Y la fundación<br />

de Regiones Autónomas sería a partir de un plebiscito llevado según usos y costumbres. 168<br />

Entre las competencias de las regiones autónomas estarían: establecer y ejecutar planes<br />

y programas de desarrollo económico, soci<strong>al</strong> y cultur<strong>al</strong> de la región; coordinar a pueblos y<br />

comunidades para ratificación o remoción de docentes; administrar fondos autonómicos de<br />

compensación; la administración de justicia interna en <strong>al</strong>gunas materias establecidas por la ley;<br />

el conocimiento y aprobación tanto de los jueces del fuero común con jurisdicción en esas<br />

regiones, como de los agentes del Ministerio Público, la Policía Judici<strong>al</strong> y los mandos de<br />

policías preventivos con competencia en esas regiones; la reglamentación de la aplicación de<br />

disposiciones legislativas sobre procedimientos pen<strong>al</strong>es, civiles y administrativos en sus<br />

regiones de acuerdo con los usos y costumbres de la región; y otras más mediante convenios<br />

con el gobierno feder<strong>al</strong>. 169<br />

7.1.4.2.2. Autonomías municip<strong>al</strong>es<br />

Según el Proyecto de ANIPA, “[l]os municipios autónomos que sean parte de <strong>al</strong>guna<br />

Región Autónoma, disfrutarán de todas las prerrogativas y facultades que establece el presente<br />

artículo de la Constitución Política”; es decir, seguirían siendo municipios libres, según está<br />

establecido en el artículo 115 constitucion<strong>al</strong>, pero tendrían prerrogativas y facultades<br />

adicion<strong>al</strong>es que la Ley de Autonomía establecería. Además, se podría re<strong>al</strong>izar una<br />

“remunicip<strong>al</strong>ización en los territorios en que estén asentados los pueblos indígenas”, previa<br />

consulta a los mismos, para formar municipios autónomos. 170<br />

167 ANIPA, Proyecto de Iniciativa de decreto que reforma y adiciona los artículos 3º, 4º, 14, 18, 41, 53,<br />

73, 115 y 116 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos para la creación de las<br />

regiones autónomas<br />

168 ANIPA, Proyecto de Iniciativa de decreto que reforma y adiciona los artículos 3º, 4º, 14, 18, 41, 53,<br />

73, 115 y 116 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos para la creación de las<br />

regiones autónomas, Artículo Tercero<br />

169 ANIPA, Proyecto de Iniciativa de decreto que reforma y adiciona los artículos 3º, 4º, 14, 18, 41, 53,<br />

73, 115 y 116 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos para la creación de las<br />

regiones autónomas, Artículo Tercero<br />

170 ANIPA, Proyecto de Iniciativa de decreto que reforma y adiciona los artículos 3º, 4º, 14, 18, 41, 53,<br />

73, 115 y 116 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos para la creación de las<br />

regiones autónomas, Artículo Tercero

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