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de los Acuerdos de San Andrés, que, aunque en principio fueron firmados por el gobierno<br />

feder<strong>al</strong> con sólo una organización indígena –el EZLN—, contó con un gran consenso pues entre<br />

los delegados zapatistas se encontraban representantes indígenas de muy diversos pueblos y<br />

poco a poco se fue extendiendo a muchos pueblos y comunidades indígenas.<br />

Para poder negociar con el EZLN, el Congreso de la Unión aprobó el 11 de marzo de<br />

1995, la Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz digna en Chiapas, con la que se creó la<br />

COCOPA formada con diputados y senadores de todos los partidos políticos. Con fundamento<br />

en esta Ley se nombró una delegación gubernament<strong>al</strong> y se iniciaron los diálogos de San Andrés<br />

en abril de ese mismo año. Estos procesos de negociación culminaron en los Acuerdos de San<br />

Andrés y fueron firmados en 1996 por la delegación gubernament<strong>al</strong> y la delegación del EZLN,<br />

con la fin<strong>al</strong>idad de que fueran la base de reformas constitucion<strong>al</strong>es en materia de derechos<br />

indígenas. 106<br />

A partir de esos Acuerdos, la COCOPA preparó una propuesta de iniciativa con base en<br />

los mismos. El EZLN los aceptó pero el presidente Zedillo decidió someterlo <strong>al</strong> escrutinio de<br />

abogados constitucion<strong>al</strong>istas 107 que se opusieron <strong>al</strong> <strong>documento</strong>. Para Montemayor, los<br />

comentarios que uno de los constitucion<strong>al</strong>istas hizo públicos a principios de 1997, “revelaron<br />

una desmesurada ignorancia del mundo indígena y un racismo nada matizado”, 108 además de un<br />

desconocimiento de la legislación internacion<strong>al</strong> relacionada con la materia, como la vigencia y<br />

el contenido del Convenio 169 de la OIT, que había sido retomado en la propuesta de la<br />

COCOPA. Así, la propuesta se archivó varios años mientras el presidente prefirió optar por la<br />

indiferencia ante los reclamos de su aprobación y presentó por su cuenta otra propuesta. 109<br />

El proyecto elaborado por la COCOPA –aunque recibió diversas críticas en el sentido<br />

de que había dejado fuera reivindicaciones importantes—, se convirtió en bandera gener<strong>al</strong>izada<br />

de los pueblos indígenas. Muestra de esto fueron las más de 300 controversias constitucion<strong>al</strong>es<br />

que se presentaron cuando se legisló de manera distinta a este proyecto. Para Díaz-Polanco y<br />

Sánchez<br />

106 HERNÁNDEZ NAVARRO, Luis, “Serpientes y esc<strong>al</strong>eras. Los avatares de la reforma constitucion<strong>al</strong><br />

sobre derechos y cultura indígenas, en HERNÁNDEZ NAVARRO, Luis y VERA HERRERA, Ramón<br />

(comps.), Acuerdos de San Andrés, México, Era, 1998, pp. 210-212; MONTEMAYOR, Carlos, Los<br />

pueblos indios de México hoy, México, Temas’ de hoy, 2000, p. 125<br />

107 Recordaremos que en el capítulo anterior hablamos de la teoría política y jurídica dominante en los<br />

espacios académicos y de liderazgo; ver capítulo 5.2.4.1.<br />

108 MONTEMAYOR, Carlos, Los pueblos indios de México hoy, op. cit., p. 126<br />

109 En un sentido similar ver DÍAZ-POLANCO, Héctor y SÁNCHEZ, Consuelo, México Diverso. El<br />

debate por la autonomía, op. cit., p. 166

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