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509<br />

Ahora bien, esto no quiere decir que el problema indígena esté resuelto en Oaxaca.<br />

Todavía hay rezagos en el reconocimiento de <strong>al</strong>gunos derechos, en la posibilidad de ejercicio de<br />

los mismos, en las políticas públicas patern<strong>al</strong>istas o controladoras y contradicciones entre la<br />

legislación loc<strong>al</strong> y la legislación feder<strong>al</strong>. Todo ello redunda, muchas veces, en la negación de<br />

derechos que incluso ya están reconocidos en las propias leyes. 331<br />

Francisco López Bárcenas incluso opina que es “costumbre de la clase política<br />

oaxaqueña [...] tomar grandes problemas nacion<strong>al</strong>es, que por su trascendencia no consiguen el<br />

consenso de los grupos de poder nacion<strong>al</strong>es, para introducirlos por la puerta trasera, cuando<br />

debían entrar por la puerta grande.” Y precisamente eso sucedió con la Ley de Derechos de los<br />

Pueblos y Comunidades Indígenas de Oaxaca, “aprobada en 1998, justo cuando el reclamo por<br />

el cumplimiento de los acuerdos de San Andrés <strong>al</strong>canzaba sus mayores niveles.” Esa Ley fue<br />

bien acogida incluso por las organizaciones indígenas y la sociedad civil pues pensaron que era<br />

una ley avanzada y que tomaba en cuenta los Acuerdos de San Andrés. Sin embargo, hoy en<br />

día, comenta López Bárcenas “hasta los funcionarios que la promovieron reconocen que t<strong>al</strong> ley<br />

más que reconocer derechos buscaba mediatizar la demanda indígena. De igu<strong>al</strong> manera está<br />

f). Las demás que tiendan a promover el bienestar y progreso de sus respectivas comunidades y<br />

pueblos. [...]<br />

Artículo 126. en el estado de Oaxaca, todo individuo tiene derecho a recibir educación. El<br />

estado y los municipios impartirán educación preescolar, primaria y secundaria. La educación<br />

primaria y secundaria es obligatoria.<br />

[...]<br />

La educación de los <strong>al</strong>umnos para ser integr<strong>al</strong> comprenderá además, la enseñanza de la historia,<br />

la geografía, la ecología y los v<strong>al</strong>ores tradicion<strong>al</strong>es de cada región étnica y en gener<strong>al</strong> del<br />

estado, se fomentara la impartición de conocimientos aplicables a la transformación política,<br />

soci<strong>al</strong> y económica para beneficio de los oaxaqueños.<br />

En las comunidades indígenas bilingües la enseñanza tendera a conservar el idioma español y<br />

las lenguas indígenas de la región. [...]<br />

Artículo 127. las autoridades fomentaran con preferencia las actividades turísticas que<br />

aprovechen los atractivos de toda índole que posee el estado de Oaxaca y vigilaran que la<br />

re<strong>al</strong>ización de estas actividades preserve el patrimonio cultur<strong>al</strong> de los pueblos y comunidades<br />

indígenas, y como consecuencia de dichas actividades, no deteriore el medio ambiente, ni se<br />

demeriten sus propias riquezas turísticas.”<br />

331 Un ejemplo de esto lo podemos ver en la sentencia del juicio de revisión constitucion<strong>al</strong> elector<strong>al</strong> SUP-<br />

JRC-152/99 del Tribun<strong>al</strong> Feder<strong>al</strong> Elector<strong>al</strong> de la que hemos hablado en el capítulo 6.1. de este trabajo, en<br />

la que este tribun<strong>al</strong> feder<strong>al</strong>, <strong>al</strong> revisar un caso elector<strong>al</strong> mediante usos y costumbres, omitió el<br />

reconocimiento de la Asamblea Comunitaria indígena que había promovido el juicio de revisión como<br />

sujeto colectivo y lo tramitó como petición de ciudadanos individu<strong>al</strong>es dejando de lado así el<br />

reconocimiento de derechos colectivos que ya había hecho la Constitución oaxaqueña y el Código de<br />

Instituciones Políticas y Procedimientos Elector<strong>al</strong>es de Oaxaca (CIPPEO). Para Adelfo Regino se puede”<br />

constatar el enorme divorcio que existe entre la ley y la re<strong>al</strong>idad. Pero no sólo eso, sino que han sido los<br />

propios representantes del gobierno estat<strong>al</strong> y feder<strong>al</strong> quienes se han encargado de destruir o en su caso de<br />

cooptar los esfuerzos que hemos hecho los mixes para construir nuestras instancias de deliberación y<br />

decisión en el plano region<strong>al</strong>.” REGINO, Adelfo, “El Pueblo Mixe, espejo de una re<strong>al</strong>idad paradójica: la<br />

lógica de imposición externa y la esperanza por la autonomía”, Documento elaborado para el proyecto<br />

Autonomía multicultur<strong>al</strong>: una condición necesaria para el desarrollo sostenible en América Latina,<br />

Oaxaca, Servicios del Pueblo Mixe, 2002, p. 8

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