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42.1.1c La modalidad 794<br />

Está lloviendo, puesto que quien emite la primera ante otra persona en la situación<br />

apropiada lleva a cabo una promesa, por tanto cierto tipo de acción verbal o de<br />

acto de habla. Es importante subrayar que un acto de habla determinado solo es<br />

reconocido como tal en las circunstancias sociales adecuadas. Por ejemplo, la<br />

expresión Está usted absuelto constituye un acto de absolución si es pronunciada por<br />

un juez en la situación formal apropiada y no, en cambio, si un abogado la dirige a<br />

su cliente.<br />

42.1.1c En una interpretación amplia del concepto de acto verbal, se considera<br />

que oraciones declarativas como Está lloviendo o Te lo prometí, que transmiten<br />

determinadas informaciones, también pueden constituir actos verbales. De hecho,<br />

suele distinguirse entre el contenido que les corresponde (por ejemplo, la información<br />

de que la caída de la lluvia se produce en el momento en que se habla) y el acto<br />

verbal que ponen de manifiesto (en este caso, la afirmación o aseveración de un<br />

estado de cosas).<br />

42.1.1d Los actos verbales pueden manifestarse gramaticalmente de formas muy<br />

diversas. Para pedir perdón, por ejemplo, suelen usarse en español expresiones<br />

como Le pido perdón; ¡Perdón!; Perdóneme; ¿Me perdonas? (o ¿Me perdonás?). Para el<br />

acto de jurar se utilizan, entre otras, Lo juro; ¡Por estas!; ¡Por mi madre!, etc. Se llaman<br />

verbos realizativos (o, en general, predicados realizativos) los que dan<br />

lugar a enunciados que producen el acto de habla que designan. Se usan, en efecto,<br />

el verbo prometer para prometer, el grupo verbal pedir perdón para pedir perdón, o el<br />

verbo jurar para jurar, pero no se usa el verbo insultar para insultar. Los tres primeros<br />

son verbos realizativos porque con enunciados como Te lo prometo, Les pido<br />

perdón u Os lo juro se realizan, respectivamente, promesas, peticiones de perdón y<br />

juramentos.<br />

42.1.1e Los verbos realizativos aparecen casi siempre en primera persona del<br />

presente de indicativo. Cuando adoptan otras formas suelen perder el valor realizativo.<br />

Así pues, el enunciado Te lo prometo constituye una promesa. Por el contrario,<br />

con la expresión Te lo prometí (con el verbo en pretérito) no se lleva a cabo una promesa,<br />

sino más bien una afirmación, por lo que su contenido puede ajustarse o no a<br />

la verdad. Los enunciados construidos con verbos realizativos que poseen valor ilocutivo<br />

(como Te lo prometo) no son verdaderos ni falsos, en lo que coinciden con las<br />

preguntas, las exclamaciones, las órdenes y otros actos verbales.<br />

42.1.1f Se mantiene el valor ilocutivo del predicado en ciertas construcciones<br />

de pasiva refleja (por tanto, con verbos en tercera persona), como en Se abre la<br />

sesión, así como en algunas construcciones de participio: Queda usted despedido;<br />

Estás contratado; Prohibido el paso. También se mantiene el valor ilocutivo de algunos<br />

verbos cuando aparecen en oraciones subordinadas, como en la decisión que te<br />

prometo que nunca volveré a tomar. Es posible, asimismo, felicitar a alguien con la<br />

expresión Permítame que la felicite, con la que no se solicita verdaderamente un permiso,<br />

lo mismo que con Estoy encantado de felicitarla; Quiero felicitarla por su premio, etc.<br />

Como se explica en el § 26.5.5a, en muchos países hispanohablantes es habitual<br />

usar el infinitivo como verbo principal con función ilocutiva: Señores, informarles (de)<br />

que…; Antes de nada, explicarles que… Se recomienda evitar estas construcciones

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