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797 Los enunciados imperativos 42.2.1c<br />

la necesidad y la probabilidad de los sucesos, la bulomaica o volitiva, etc. El estudio<br />

de dichas modalidades queda fuera de los objetivos de la presente obra, si bien se<br />

alude someramente a ellas en los § 28.1.4b, 28.2 y 30.8.<br />

42.2 Los enunciados imperativos<br />

42.2.1 El imperativo. Sus propiedades formales<br />

42.2.1a La expresión Tranquilízate constituye un enunciado imperativo, por<br />

tanto un acto verbal con el que se solicita algo. Los enunciados imperativos se construyen<br />

de forma característica con un verbo en modo imperativo. Desde el punto<br />

de vista morfológico, este se caracteriza por presentar un paradigma defectivo constituido<br />

fundamentalmente por formas de segunda persona. Así, por ejemplo, el imperativo<br />

del verbo venir consta de las siguientes formas:<br />

Singular: ven ~ vení (en las zonas voseantes), venga (usted).<br />

Plural: venid (usada en parte de España), vengan (ustedes), vengamos.<br />

Como se comprueba en esta relación, las formas ven, vení y venid son exclusivas<br />

del modo imperativo, mientras que las otras tres son compartidas por el imperativo<br />

y el subjuntivo. Para los detalles sobre la flexión del imperativo, véase el capítulo 4 y<br />

las tablas de la conjugación en él incluidas.<br />

42.2.1b No existe pleno acuerdo sobre la cuestión de si las formas compartidas<br />

a las que se acaba de aludir pertenecen únicamente al modo subjuntivo o corresponden<br />

también al paradigma del imperativo. En cuanto a las formas de primera<br />

persona del plural, solo podrían ser consideradas de imperativo aquellas que incluyen<br />

al oyente en su referencia, como sucede en los siguientes textos:<br />

Vámonos, Villier, aunque tengamos que separarnos tú y yo, salgamos de aquí y dejémosla<br />

que repose (Nieva, Zorra); Si me invitaste a entrar, veámoslo todo (Donoso, Elefantes);<br />

¡Tranquilícense todos y vayámonos a dormir […]! (Sastre, Viaje).<br />

A favor de integrar las formas compartidas en el imperativo está el hecho de que los<br />

pronombres átonos se posponen a los imperativos (Díganle la verdad), pero se anteponen<br />

a las formas del subjuntivo (para que le digan la verdad). Es igualmente polémico<br />

si deben considerarse en el paradigma del modo imperativo los verbos que se<br />

subrayan en Pase Vuestra Majestad; No se preocupe la señora marquesa; Véase el<br />

párrafo siguiente; ¡Que lo cuelguen!; No lo permita Dios. Se volverá sobre esta cuestión<br />

en el § 42.2.4.<br />

42.2.1c Las formas exclusivas del imperativo, es decir, las que no comparte con el<br />

subjuntivo, no admiten la negación: *No ven; *No sal. Los plurales del tipo No venid;<br />

No salid se atestiguan ocasionalmente en España, como en Atended al tiempo y no<br />

quered perder el rocín y las manzanas (Estébanez Calderón, Escenas), pero se consideran<br />

hoy incorrectos. Las formas de imperativo se sustituyen en todos estos casos<br />

por las de subjuntivo: No vengas; No salgáis. Las correspondientes a usted / ustedes

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