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42.2.3c La modalidad 802<br />

o recomendaciones (A dormir, mujer, que mañana será otro día), suelen caracterizarse<br />

por su tono expeditivo. Los mandatos formados por «sin + infinitivo», propios<br />

del español coloquial europeo, suelen caracterizarse también por la brusquedad con<br />

el interlocutor: ¡Sin empujar!; ¡Sin abusar!; ¡Sin faltar al respeto!<br />

42.2.3c Se asimilan a los mandatos, y constituyen, por tanto, actos verbales de<br />

sentido imperativo, ciertos usos del gerundio propios de la lengua coloquial (§ 27.1.1d),<br />

como Andando (o Andandito); Callandito, así como otros construidos con el esquema<br />

«ya estás + gerundio» (con el auxiliar en segunda o tercera persona: ya está usted,<br />

ya están ustedes, ya estáis), también propio de los registros coloquiales:<br />

Pues ya estás volando a por ella. Yo me quedo de guardia aquí (Martín Gaite, Fragmentos);<br />

Ya estás corriendo para la casa si no quieres que te lleve al cuartelillo (Marsé, Rabos);<br />

Vamos, vamos, ya te estás calateando, mi amor (Vargas Llosa, Tía).<br />

42.2.4 Enunciados exhortativos y desiderativos. Su relación<br />

con los imperativos<br />

42.2.4a En el § 42.2.1a se comprobó que algunas formas del imperativo coinciden<br />

con las del subjuntivo. Se considera tradicionalmente que estas formas no pertenecen<br />

propiamente al imperativo, sino que constituyen un uso del subjuntivo llamado yusivo.<br />

Las oraciones que lo contienen se llaman exhortativas si se usan con valor imperativo,<br />

es decir, para incitar a la acción o a la omisión de alguna conducta, o bien desiderativas<br />

u optativas si manifiestan deseos del hablante que pueden carecer de<br />

destinatario. Como se señaló en los § 42.2.1b, c, es polémica la cuestión de si son o no<br />

imperativas las formas verbales de tercera persona que aparecen en enunciados exhortativos<br />

como Dígame usted; Siéntense ustedes o Pase el señor. Recuérdese que estas<br />

formas verbales admiten pronombres enclíticos (Dígamelo usted ), a menos que estén<br />

negadas (No se preocupe la señora marquesa), lo que las asimila a las formas imperativas.<br />

42.2.4b Más polémico es el estatuto morfológico del modo verbal —imperativo<br />

para unos autores, pero subjuntivo para otros— en los enunciados cuyos sujetos no<br />

designan al destinatario del mensaje, sean desiderativos (Húndase el mundo) o exhortativos<br />

(Véase el párrafo siguiente). El hecho de que los pronombres átonos sean<br />

enclíticos parece favorecer en ambos casos la interpretación imperativa. Aun así, no<br />

son propiamente imperativas las formas verbales de subjuntivo no subordinado que<br />

se interpretan como prótasis condicionales o concesivas coordinadas: Crea o no crea<br />

lo que dices… (§ 47.7.3a): ‘Tanto si cree lo que dices como si no…’. Estas formas del<br />

subjuntivo se construyen con pronombres proclíticos (Lo crea o no…), pero también<br />

con enclíticos en los registros más formales: Créanlo o no lo crean, esta es la verdad<br />

(Galdós, Miau). En los demás casos, el uso de pronombres enclíticos o proclíticos<br />

suele ayudar a distinguir las formas imperativas y las subjuntivas, con excepción de<br />

los contextos negativos y los encabezados por la conjunción que, en los que se rechazan<br />

los imperativos (Que lo diga ~ *Que dígalo).<br />

42.2.4c Dan lugar a enunciados desiderativos las formas en subjuntivo de unos<br />

pocos verbos, como viva y muera seguidas de un grupo nominal (Vivan los novios;

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