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max-weber-economia-y-sociedad

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PRÓLOGO A LA CUARTA EDICIÓN ALID11ANAcategorías entregada en 1922 por él mismo a la imprenta, Max Weber relególa exposición material de la estructura y función de los partidos a la sociologíadel Estado. 0 Además, como quiera que los parlamentos caracterizanel tipo del moderno "Estado legal de constitución representativa" -tratándolosMax Weber por consiguiente en su peculiaridad como órgano estatal-,10siendo así, por otra parte, que "no se explican a su vez sin la intervenciónde los partidos", 11 resulta que no es posible tratar separadamente lasmodernas formas estructurales del Estado, de los partidos y de los parlamentos.De ahí, pues, que los comentarios relativos al Estado racional, alparlamento y a los partidos se hayan reunido aquí en una sección unificadadel capítulo que trata de la sociología del dominio. En estos cuatro puntosel plan originario de Max Weber puede considerarse, en virtud de sus propiasdeclaraciones, como abandonado en realidad por él mismo.En la segunda parte, modificada en su disposición de acuerdo con laspropuestas desarrolladas por el editor, los títulos anteriores de los capítulosy las indicaciones relativas al contenido de éstos y de los parágrafos han sufridoalgunos cambios, en la medida en que la necesidad de la nueva articulación,en adaptación al plan originario, y la exigencia de una composición máslógica del contenido lo sugerían; por otra parte su redacción se aparta tambiénparcialmente de la del plan originario, con objeto de adaptarse más estrictamentea la modalidad de expresión del texto, habiéndose formuladoen ella algunos de dichos títulos, frente a las propuestas anteriores del quesuscribe, con mayor precisión. Esto se aplica en particular a la sección octavadel capítulo IX, cuyo título se ha restablecido con la concisión característicade Max Weber, en concordancia con el plan originario, ya que, después deadmitida en adelante en la sección novena la indicación auténtica del autor, 12no puede subsistir ya duda alguna con respecto a su manera de interpretarel sentido de la categoría del "dominio ilegítimo"; éste surgió, en el círculode la civilización mediterráneo-occidental antes que en otra parte, a consecuenciade la constitución política de las ciudades como comunidadesautónomas "libres" -"libres: no en el sentido de la libertad frente al dominioviolento, sino en el sentido de: ausencia del poder del príncipe, legítimoen virtud de tradición (por lo regular consagrada por la religión), comofuente exclusiva de toda autoridad".Por lo que se refiere al tratamiento propiamente dicho del texto, prescindiendode las modificaciones de la articulación, de los títulos y del contenidoque se acaban de mencionar, aquél se ha tomado de las ediciones anteriores.Se lo ha sometido, con todo, a una escrupulosa revisión. Con lo quese han eliminado todas las erratas manifiestas de imprenta, así como, ocasionalmente,descuidos del propio manuscrito, en parte después de detenido examende las fuentes. Las correcciones del texto propuestas por Otto Hintze 13han podido admitirse, con excepción de unas pocas. Por lo demás, aparte9 Cf. pp. 228 SS.10 Cf. p. llOI.11 Cf. p. 236.12 Cf. p. 1063.13 En los comentarios a la 2~ ed. de Economía y <strong>sociedad</strong> (Schmcll. Jb. ["Anuario de Schmoll."),año 50, 1926, pp. 87·88).XI

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