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max-weber-economia-y-sociedad

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DOMINACIÓN PATRIARCAL Y MATRIMONIAL 801de paz interior determinada por motivos económicos. Pues es muy dudosoque, como se dice generalmente, una inseguridad provocada por el estado deguerra haya sido la causa de tal institución. Fue la creciente significacióndel mercado lo que hizo más sensible cada vez el estado de inseguridad existente.A ello se añaden, de modo bastante característico, los problemas referentesa la falta de -trabajo y a los precios de las subsistencias, problemas.desencadenados por el desarrollo de la economía monetaria. Por eso la polidaindustrial, la de consumos y la de seguridad fueron los núcleos de lo:>cuales surgieron los múltiples asuntos que correspondieron luego a la jurisdicciónde los jueces de paz. Pero su personal estaba constituido por las personasinteresadas privadas. Al proporcionar a cada condado un número discrecionalmenteelevado de notables locales, casi siempre procedentes fácticay muy pronto ya legalmente de la capa de terratenientes locales que poseíanuna renta mínima y llevaban vida de hidalgos, el rey intentó, mediante elnombramiento de conservatores pacis dotados de un conjunto de facultadesjudiciales y policiacas, formalmente revocables, pero de hecho vitalicias, reservándoseel nornb:r:trniento y atribuyendo la inspección general a los tribunalesdel reino, intentó, repetirnos, atraerse esta capa de la llamada gentry enoposición a los grandes señores patrimoniales, es decir, a los barones. A unode los jueces de paz, al Lord Lieutnttnt, fue adjudicado el poder de mandosobre la milicia. No existía una "tramitación" burocrática regular superior alas decisiones del juez de paz, o existía sólo tratándose de las exigencias patrimonalesde la corona en forma de la llamada Stttr chamber -Cámara estrellada-,la cual fue justamente eliminada por la gentry durante la revolucióndel siglo xvm. Existía solamente -más o menos en grado considerablelaposibilidad de llevar ante las autoridades centrales mediante disposicionesespeciales ( writ of Certiorttri) algunos asuntos concretos, lo que en los primerostiempos podía ocurrir de un modo caprichoso. Prácticamente significabatodo esto que ningún rey podía gobernar a la larga contra la capa dedonde salían los jueces de paz. El rey pudo hacer fracasar los repetidos in ten·tos de establecer que el nombramiento de jueces de paz pendiera directamentede la elección de los notables locales, y conservar en sus manos tal nombramientocon reserva del derecho de propuesta de determinados consejeros dela corona. Esto significaba que se concedía a aquellos altos funcionarios vespecialmente al canciller un patronato que podía y pudo ser directament~utilizado en sentido pecuniario. Pero tanto frente a este patronato de losfuncionarios inspectores como frente a la posición jurídica oficial de la corona,era suficientemente fuerte la solidaridad de la gentry para conseguir que·los jueces de paz conservaran su monopolio. Y durante el reinado de Isabelhubo quejas de que, efectivamente, la recomendación de los jueces de pazdecidiera sobre la designación de nuevos jueces.Como todos los funcionarios reales, el juez de paz necesitaba primitivamenteemolumentos y dietas. Sólo en el caso de insuficiencia de estos ingresosel honor estamental le forzaba a desdeñados. Las exigencias económicaspara poder ser juez de paz fueron considerablemente aumentadas todavía enel siglo xvm. Como condición previa normal se exigió por lo menos un valordeterminado de la posesión El típico y cada vez más habitual arrendamiento

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