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max-weber-economia-y-sociedad

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648 ECONOIHÍA Y DERECHOpapel de importancia. En cuanto la clase de los juristas revela actualmenterelaciones ideológicas típicas con los poderes sociales, se inclina con mayorfuerza que nunca -tanto en comparación con los juristas de la época revolucionaria,inglesa y francesa, como con los de la época de la Ilustración, inclusoen el ámbito de los despotismos principesco-patrimoniales, de los parlamentosy las corporaciones comunales hasta llegar al prusiano "parlamento de losjueces de distrito" del año 60- al lado del "orden", lo que prácticamentesignifica hacia el lado de los poderes políticos autoritarios y "legítimos" dominantes.§ 8. Las cualidades formales del derecho modernoLas particularidades ¡urídicas en el derecho moderno. Las tendencias antiformales en elmoderno desenvolvimiento iurídico. El actual derecho anglosa¡ón. Justicia laica ytendencias estamentales de los ¡uristas modernos.Las peculiaridades formales fundamentales del tipo occidental específicamentemoderno de la administración de justicia, nacidas sobre la base de estascreaciones jurídicas racionales y sistemáticas no son, precisamente a consecuenciade la evolución más reciente, en modo alguno inequívocas.Los viejos principios que determinaban la confusión del derecho "subjetivo"y el derecho "objetivo", a saber: la idea de que el derecho representauna cualidad "válida" de los miembros ele una asociación personal, cualidadque es monopolizada por ellos, el principio de la personalidad estamental ode linaje y su particularismo usurpado o legalizado por la corporación de losinteresados o por privilegio, desaparecen, y con ellos se extinguen tambiénlos procedimientos estamentales y de otras asociaciones particulares y las jurisdiccionesestamentales. Pero con esto no queda hecho a un lado todo derechoparticular y personal ni tampoco resulta eliminada toda jurisdicción especial.Por e1 contrario, precisamente el más reciente desenvolvimiento jurídico haprovocado un particularismo creciente del derecho. Lo único que se ha transformadocaracterísticamente ha sido el principio de la delimitación de lasesferas de vigencia. Típico en este respecto es uno de los casos más importantesdel particularismo jurídico moderno: el derecho mercantil. Por ejemplo,de acuerdo con el Código de Comercio alemán, a este derecho especial sehallan sometidas, por una parte, ciertas clases de contratos, de los cualesel más moderno, a saber: la adquisición con el propósito de una enajenaciónposterior capaz de producir una ganancia, es definido, enteramente en el sentidode un derecho racionalizado, no en función de cualidades formales, sinopor referencia al sentido racional con arreglo a fines implícitos en el actocontractual concreto: la "ganancia" derivada de otro acto contractual futuro.Están, además, sometidas a ese derecho ciertas especies de personas, cuyacaracterística esencial consiste en que celebran "profesionalmente" esa clase decontratos. Lo decisivo para la delimitación de la esfera de vigencia de talderecho es el concepto de "empresa", al que si no se alude literalmente sí porlo menos técnicamente. Pues una empresa que tiene como elementos constitutivosesos actos contractuales es empresa mercantil y los negocios jurídicos

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