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max-weber-economia-y-sociedad

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256 LA ECONOMÍA Y LOS DIVERSOS ÓRDENESderecho estatal modemo trate como "válidas'' las normas de otras asociacionesy examine las decisiones concretas de éstas. Así protege numerosasveces el derecho norteamericano el l.Jbel de los sindicatos, regula las condicionesbajo las cuales un candidato de un partido será considerado comocandidato "válido"; el juez inglés interviene, cuando se le llama, en la jurisdicciónde un club; el juez alemán investiga en los procesos por injurias "siha lugar", con arreglo a las convenciones estamentales, a rechazar una provocacióna duelo, a pesar de que éste está prohibido por la ley, etc. No entramosaquí en la casuística de hasta qué punto se convierten de este modoen "derecho estatal" tales ordenamientos. Por todos estos motivos y, además,por la terminología aquí mantenida, rechazamos como cosa evidenteel que se hable sólo de "derecho" cuando, gracias a la garantía de la autoridadpolítica, se disponga de coacción juridica. No existe para nosotrosningún motivo práctico para ello. Hablaremos de "orden juridico" cuandoexista la perspectiva de aplicar cualquier medio coactivo, físico o psíquico,ejercido por un aparato coactivo, esto es, por una o varias personas que estándispuestas a manejarlo caso de que se presente la situación; cuando, portanto, existe una forma específica de socialización a los fines de la "coacciónjurídica". No siempre fue un monopolio de la comunidad política la posesiónde un aparato semejante para el empleo de la coacción física. Tampocoexiste hoy monopolio semejante, como muestra la significación del derechogarantizado sólo por vía eclesiástica, con respecto a la coacción psíquica.Además, dijimos ya que la existencia de una garantía directa· del derechoobjetivo y subjetivo mediante un aparato coactivo sólo constituye un casode la existencia del "derecho" y de "derechos". Incluso dentro de este estrechocampo, el aparato coactivo puede ser estructurado de una maneramuy diversa. En el caso límite puede consistir en la probabilidad, existentepor consenso, de la ayuda forzosa de todo miembro de una comunidad cuandoesti amenazado el orden vigente. Puede valer como "aparato coactivo"si la forma de vinculación a esta ayuda forzosa esti firmemente ordenada. Elaparato coactivo y la forma de la coacción en derechos que garantiza la instituciónpolítica por medio de sus órganos puede fortalecerse, además, medianteel medio coactivo de asociaciones de "interesados": las medidas coactivasagudas de las asociaciones de acreedores y de propietarios de fincasurbanas: boicot organizado del crédito o de la vivienda (listas negras) contradeudores _poco solventes, obran con frecuencia de un modo mis fuerte quela probabilidad de la demanda judicial. Y, naturalmente, esta coacción puedeextenderse a pretensiones no garantizadas por el estado: siguen siendoderecho subjetivo, sólo que con otros poderes. No raras veces el derecho delinstituto estatal se interfiere con los medios coactivos de otras asociaciones:así, el líbel act inglés hace imposible las listas negras al excluir la demostraciónde verdad. Pero no siempre con éxito. Las asociaciones y grupos quese basan en el "código de honor" del duelo como medio de dirimir las cuestionespersonales, por naturaleza casi siempre de carácter estamental, con susmedios coactivos, en su esencia tribunales de honor y boicot, son, en general,los más firmes y fuerzan con rigor especifico (como "deudas de honor") alcumplimiento de obligaciones no protegidas o prohibidas estatalmente, pero

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