10.07.2015 Views

max-weber-economia-y-sociedad

max-weber-economia-y-sociedad

max-weber-economia-y-sociedad

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

ORDEN JUlÚDICO, CONVENCIÓN Y COSTIJMBRE 263dica. La probabilidad de la coacción jurídica que, como ya se dijo, sólo enpequeño grado determina la conducta jurídica -"con arreglo a derecho"­del actor, se halla objetivamente como garantía eventual sólo detrás de unfragmento nada más del curso real de la acción consensual.El tránsito de la simple "costumbre" a la "convención" y de ésta al "derecho"es en sociología evidentemente continuo.1) Es erróneo, hasta fuera de la consideración sociológica, tratar de buscar ladiferencia entre "derecho" o "moral" en el sentido de que la norma jurídica regulasólo y exclusivamente la conducta "exterior" y la norma moral, por el contrario,sólo la intención. Es cierto que el derecho no trata siempre como relevantela intención de la cual dimana una acción, y hay y ha habido preceptos jurídicos yórdenes jurídicos enteros, los cuales vinculan las consecuencias jurídicas, inclusolos castigos, sólo a la conexión causal externa. Pero esto no es, en lo más mínimo,lo normal. Las consecuencias jurídicas se imputan a la bona o mala fides, a la"intención", al carácter "deshonroso" de una conducta, que se deduce del estadode ánimo, y a otros numerosos hechos de naturaleza interior. Y los preceptos"morales" se enderezan precisamente a que los des~os contrarios a la norma, quede hecho se dan en el "estado de ánimo" interior, sean "superados" en la acciónpráctica, es decir, en algo que normalmente se traduce al exterior. La consideraciónnormativa no debería partir para la distinción entre moral y derecho de "interno"y "externo", sino de la diferencia de la dignidad normativa entre ambos.Normalmente, sin embargo, para la consideración sociolÓ?,ica lo "moral" es idénticoa lo que vale por "motivos religiosos" o en virtud de la 'convención". Corno unanorma "exclusivamente" ética -en contraposición a lo anterior- podría valerpara la consideración sociológica la idea subjetiva de un patrón abstracto de conducta,que se desarrollaría sobre los axiomas últimos de lo válido, en la medida enque esa idea cobra significación para la acción práctica. Tales ideas han tenidoa menudo una importancia real amplísima. Sin embargo, en todas partes dondese dio este caso fueron un producto relativamente joven del pensar filosófico.En la realidad de la vida cotidiana, tanto en el pasado corno en el presente, las"normas morales" son, en oposición a las "normas jurídicas", considerando la cosasociológicarnente, máximas de conducta condicionadas por la religión o por la convención,y sus límites respecto del derecho son graduales. No hay ningún precepto"moral", de importancia social, que de alguna manera y en algún lugar no hayasido un precepto jurídico.2) Enteramente inutilizable es la distinción que hace Stammler entre la "convención"y la norma jurídica según que el cumplimiento de la norma se haga porlibre voluntad o no. Es erróneo que el cumplimiento de "obligaciones" convencionales,por ejemplo de una regla de decoro social, no sea "exigido" al individuo y queel no cumplirla tenga como consecuencia únicamente la segregación ipso facto,por lo demás dependiente de la voluntad, de una <strong>sociedad</strong> voluntaria. Concediendoque se dieran normas de este carácter --de ningún modo, sin embargo, sóloen el dominio de la "convención", sino también en el del derecho (la cláusularebus sic stantibus tiene a menudo este sentido)-, no encuentra en ello su centrode gravedad lo que la propia sociología de Stammler debe separar, corno reglas deconvención, de las normas jurídicas. No sólo una <strong>sociedad</strong> anárquica, teóricamenteconstruible, cuya "teoría" y crítica desarrolla Stammler con ayuda de sus conceptosescolásticos, sino numerosas <strong>sociedad</strong>es que existen en el mundo real renuncianal carácter jurídico de sus órdenes convencionales simplemente porque se cree

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!