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max-weber-economia-y-sociedad

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COLEGIALIDAD Y DIVISIÓN DE l>ODERES 225ble, confía también por ese medio en poder conservar mejor la necesaria visiónde conjunto sin necesidad de abdicar de sus prerrogativas en favor de funcionariosindividuales. (La función de las magistraturas supremas fue al principio algo intermedioentre los colegios consultivos y los decisorios; el poder del príncipe fue, sinembargo, quebrantado inmediatamente en materia de finanzas por los funcionariostécnicos en vista de los efectos irracionales de ese poder -así en la reforma delemperador Maximiliano- viéndose el príncipe obligado a ceder en este caso pormotivos imperiosos.)E) en el deseo de equilibrar por medio de un consejo colegiado la orientaciónde los expertos y los intereses divergentes materiales y personales: o sea, en eldeseo de facilitar un compromiso. Así especialmente en la dirección de la administraciónmunicipal, pues por una parte tiene ante sí problemas que por su carácterlocal pueden ser vistos en su conjunto, pero de carácter muy técnico, y porotra suele descansar en gran medida, por su naturaleza misma, en el compromisode intereses materiales -durante el tiempo por lo menos en que las masas se sometena la dominación de las capas privilegiadas por la propiedad y la educación.La colegialidad de los ministerios tiene técnicamente fundamentos semejantes;cuando ésta falló, por ejemplo en Rusia y (menos característicamente) enel Imperio alemán del viejo régimen, no pudo crearse una solidaridad efectivade los puestos de ,-¡ando, observándose, al contrario, una enconada lucha de sátrapaspor los resortes de gobierno.Los motivos expuestos en a, y, ll son de carácter puramente histórico. En lasasociaciones de masas (sean estados o grandes ciudades) el desarrollo moderno dela dominación burocrática ha traído por todas partes una debilitación de la colegialidaden la dirección efectiva. Pues la colegia Ji dad aminora inevitablemente: 1)la prontitud en las decisiones; 2) la unidad de la jefatura; 3) la responsabilidadprecisa de los individuos; 4) la actuación sin contemplaciones frente al exteriory el mantenimiento de la disciplina en el interior. Por tanto, la colegialidad, aunallí donde subsistía, se ha debilitado por doquier en los estados de masas, conparticipación de éstas en la alta política, en fa\'Or de la posición prominente deun jefe (leader, presidente del Consejo de 1\tinistros) -aunque también por motivoseconómicos y tecnológicos que luego se examinarán. En casi todas lasgrandes asociaciones patrimoniales, y cabalmente en las rigurosamente sultanistas,triunfó siempre la necesidad de una personalidad directiva (Gran Visir) al ladodel príncipe, en la medida en que el r~gimen de "favoritos" no procuraba el correspondientesucedáneo. Una persona tenía que ser responsable. El príncipeempero era legalmente irresponsable.2. La colegialidad de magistraturas ejecutivas se proponía apoyar la objetividady sobre todo la integridad de la administración, y debilitar en este sentido el poderde los particulares. Por los mismos motivos que en la dirección ha cedido el pasopor todas partes a la superioridad técnica de la monocracia (así en Prusia en los"gobiernos").3. La colegialidad de las magistraturas sólo consultivas ha existido en todas lasépocas y existirá en todo tiempo. Siendo muy importante en la evolución histórica(como en su lugar se alude) -especialmente en aquellos casos en que la "consulta"de los magistrados o de los príncipes era "decisiva" de hecho en virtud desu situación de poder- no requiere, sin embargo, un examen en esta enumeración.Por colegialidad se ha entendido aquí siempre colegialidad de dominaci6n--o sea de magistraturas que administraban ellas mismas o influían de un modoinmediato (aconsejando) en la administración. No corresponde aquí, como ya seindicó en el texto, la actividad de las asambleas estamentales o parlamentarias.

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